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La ALDF pide a Ebrard cancelar el bando de AMLO que limitaba la construcción de viviendas en delegaciones periféricas; carece de motivo y fundamento, dicen legisladores

René Cruz González | Ciudad
Domingo 17 de Dic., 2006 | Hora de creación: 00:00| Ultima modificación: 15:01

Foto: Archivo

Las comisiones Unidas de Vivienda y Desarrollo e Infraestructura Urbana de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal —donde el PRD es mayoría— aprobaron el dictamen para exhortar al jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard, para que a la brevedad posible deje sin efectos el Bando 2, emitido en el año 2000 por Andrés Manuel López Obrador.
En el dictamen, que sería votado por el pleno del órgano legislativo en la sesión del próximo martes, los diputados aseguran que el ordenamiento del tabasqueño “carece de la debida y correcta fundamentación y motivación que todo acto de autoridad debe contener, para cumplir con el artículo 16 de la Constitución Política”, que establece que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento”.
Además, los asambleístas afirman que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal no otorga facultades absolutas al titular del Ejecutivo local para aplicar restricciones al dominio de la propiedad privada.
Citaron como ejemplo el artículo 7 fracción LXIV de esta misma legislación, donde se define a la restricción como la limitación que se impone en los planes y programas de desarrollo urbano o en los planes oficiales de alineamiento para el cumplimiento de los objetivos y estrategias de los programas.
“El Bando 2 no contiene ninguna referencia expresa a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano (…) lo cual se traduce en la carencia absoluta de fundamentación y motivación del aludido Bando, argumento que bastaría por sí solo para solicitar su cancelación, en razón de que transgrede de manera clara disposiciones expresas de la Carta Fundamental”.
Asimismo, los integrantes de las Comisiones Unidas de Vivienda y Desarrollo e Infraestructura Urbana recordaron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el jefe de Gobierno no cuenta con atribuciones para emitir bandos, conforme a lo dispuesto en el artículo 122, apartado C, base segunda, fracción II de la Constitución Política.
En su tesis de Jurisprudencia 104/2002, la Segunda Sala del máximo tribunal del país resolvió que los bandos emitidos por López Obrador se encuentran al margen de cualquier ley expedida por la Asamblea Legislativa.
El pasado 21 de noviembre, la diputada del PAN Paula Soto presentó un punto de acuerdo para exhortar al jefe de Gobierno para que deje sin efectos el Bando 2, debido a que no cumplió con su cometido.
En esa ocasión, la asambleísta afirmó que este ordenamiento propició un incremento en el costo del suelo, así como el de las viviendas, lo que derivo en la imposibilidad de las familias de escasos recursos para comprar una vivienda.
Soto Maldonado sostuvo que la expedición de este bando propició la saturación de las llamadas delegaciones centrales (Cuauhtémoc, Benito Juárez, Venustiano Carranza y Miguel Hidalgo), donde se incrementó la demanda de servicios como suministro de agua y luz.
Indicó que de acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI), en los últimos seis años en dichas demarcaciones únicamente se registró un incremento en la construcción de viviendas, pero no en el número de habitantes, lo que demuestra, dijo, que durante este periodo hubo un decremento en la densidad de población.

López limitó las unidades habitacionales y desarrollos comerciales

El 7 de diciembre de 2000, el entonces jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, expidió el Bando 2 mediante el cual restringió el crecimiento de la mancha urbana hacia las delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco.
Con su ordenamiento, el tabasqueño también limitó la construcción de unidades habitacionales y desarrollos comerciales que demanden un gran consumo de agua e infraestructura urbana, en perjuicio de los habitantes de la zona y de los intereses generales de la ciudad.
Mencionó que el objetivo central de este Bando era promover el crecimiento poblacional hacia las delegaciones Benito Juárez, Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza para aprovechar la infraestructura y servicios que actualmente se encuentran sub-utilizados.
A la par de este Bando, la administración de López Obrador puso en marcha la Ventanilla Única para el ingreso de solicitudes de uso del suelo específico y de factibilidad de servicios, en obras de impacto urbano y ambiental, en el marco de las atribuciones que por ley le competen a cada una de las secretarías del Gobierno central.
El propósito de esta ventanilla, a decir del perredista, era expedir, sin tanto trámite y en un término no mayor de treinta días hábiles, un Certificado Único que definirá, para conjuntos habitacionales menores de 200 viviendas, la factibilidad de dotación de agua, servicios de drenaje y de desagüe pluvial, de vialidad, de impacto urbano, de impacto ambiental y de uso del suelo.

 
 
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