
|
| Plazo. El titular de la STPS, Javier Lozano, al anunciar la negativa de la toma de nota al SME.Foto: Nicolás Tavira
|
|
|
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) negó la toma de nota a Martín Esparza Flores, dirigente del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), tras detectar una serie de “deficiencias, insuficiencias e inconsistencias” en el proceso electoral interno de ese gremio, donde se eligieron 13 cargos del Comité Central.
En conferencia de prensa, el titular de la dependencia federal, Javier Lozano Alarcón, rechazó que la negativa a otorgar la toma de nota tenga que ver con un eventual desmantelamiento y posterior privatización de Luz y Fuerza del Centro.
La resolución de 163 fojas, que desconoce los puestos para secretario general del SME y otros 12 elegidos en las pasadas elecciones internas, fue entregada a Martín Esparza Flores al filo de las 17:00 horas en las oficinas del sindicato.
“Identificamos una gran cantidad de irregularidades, irregularidades tan importantes como que nunca se pudo acreditar un padrón de electores, una lista final de electores que nos brindase certeza sobre quienes tenían derecho y legitimidad para emitir su sufragio”, afirmó.
Así pues, entre las inconsistencias se encontraron que existen más votos emitidos que votantes válidamente adscritos en nueve de las once divisiones foráneas del SME.
La suma de trabajadores activos y jubilados con adscripción en esas divisiones es de ocho mil 572 agremiados con derecho a voto, mientras que en las actas exhibidas se registraron 12 mil 399 votos.
Es decir, existe una diferencia de tres mil 827 votos emitidos de más, casi el 44 por ciento, en las citadas divisiones. Este dato es significativo a la luz del resultado final, que fue de tan sólo 352 votos de diferencia entre Martín Esparza y el otro candidato a la secretaría general, Alejandro Muñoz Reséndiz, agregó Lozano.
“A todas luces, solamente con estas actas y la lista de electores, al hacer este cotejo, que es lo que la ley nos ordena y sólo eso, nos encontramos con estas inconsistencias que hacen imposible el otorgamiento de la toma de nota”, dijo.
Señaló que la repercusión que esta medida pueda tener es mera especulación e ignorar la naturaleza de un trámite administrativo previsto en la Ley Federal del Trabajo.
Lozano Alarcón rechazó que detrás de esta decisión de no otorgar la toma de nota se busque, en el fondo, el desmantelamiento y posterior privatización de LyFC.
“Esto es una decisión estrictamente administrativa… esto no se hubiera dado si no hubiera habido la cantidad de inconsistencia y deficiencias que encontramos. La única verdad aquí, lo que acabamos de resolver, es sobre una solicitud de toma de nota”, subrayó.
El camino que le queda a Esparza Flores es interponer un recurso de revisión ante el Registro de Asociaciones, o bien, un amparo indirecto ante el Poder Judicial de la federación.
Sobre en quién recaerá la responsabilidad al frente del SME, el funcionario federal recordó que existen otras carteras, como la del secretario del Interior, que no fueron llevadas a votación en las pasadas elecciones del gremio y están vigentes hasta 2010.
“Se puede seguir actuando en la representación de lo que son estas carteras pero también se pueden realizar asambleas, que convoque el secretario del Interior, con el 33 por ciento de los agremiados, en donde se le den poderes de representación a algunos de sus agremiados”, explicó.
¿Qué es una toma de nota?
Se trata del registro de naturaleza administrativa sobre los cambios en las directivas, padrón de socios y estatutos de los sindicatos, los cuales deberán constar en las actas de asamblea y demás documentación respectiva, según lo disponga el Estatuto de los propios sindicatos.
Las solicitudes de Toma de Nota deben presentarse formalmente por escrito ante las autoridades laborales, las que tienen facultades para verificar la legalidad de los respectivos cambios en las directivas, padrón de socios y estatutos de los sindicatos.
La Toma de Nota comprende el reconocimiento de la autoridad que produce efectos contra terceros y, particularmente, de la representación legal del sindicato, tratándose de las directivas de los mismos.
En el caso de la STPS, estas facultades se ejercen con base en lo dispuesto en los artículos 365 y 368 de la Ley Federal del Trabajo, y 20, fracciones I, III, IV y X del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Por su parte, son obligaciones de los sindicatos solicitar dicha Toma de Nota ante la autoridad laboral, conforme lo prevé el artículo 377 de dicho ordenamiento legal.
Muñoz pide madurez a dirigente
Alejandro Muñoz, ex tesorero del SME, criticó a Martín Esparza por declarar que el gobierno federal se está metiendo en los asuntos del gremio, y asimismo pidió “que tenga la madurez política para aceptar la resolución de la Secretaría del Trabajo”.
“Espero que tenga madurez política para recibir la noticia, sea cual sea, y nosotros también la vamos a tener. A final de cuentas, yo lo llamo a la cordura y a que no meta al sindicato en un caos; no es posible hacerlo de esa manera”, enfatizó.
Señaló que ahora no le cuadran los padrones .
Martín Esparza, y como hizo fraude ahora “él está intentando crear incertidumbre y meter terror. Indicó que la corrupción interna dentro del gremio es lo que no ha permitido un avance, como ejemplo, indicó, está la venta de plazas.
Por ultimo aseguró que la ausencia de una toma de nota a Esparza no significa que el SME carezca de dirigencia. “El que ahorita no haya secretario general es otra cosa, no nada mas él puede tomar decisiones, nosotros hemos dicho que no podemos confundir lo sindical con lo laboral”
Los Datos
Lista de irregularidades
Tres listas distintas de electores.
Las actas de clausura de la votación de todas las divisiones foráneas del sindicato omiten señalar el número de miembros activos con derecho a voto. Sólo señalan el número de votos emitidos, sin que haya certeza de la validez de los sufragios realizados. Esto es violatorio del artículo 25, fracción XI, incisos “E” y “F” de los estatutos del SME.
El acta de la Comisión de Escrutinio que consigna el resultado electoral sólo contiene la firma de dos de los cuatro funcionarios sindicales que la conforman.
No hay certeza sobre la debida legalización del proceso electoral. Existe duplicidad de actas con notorias diferencias entre sí.
Dotación de las cédulas de votación de manera irregular, ya que fueron proporcionadas más cédulas (69% en promedio) respecto a los agremiados con derecho a voto de las secciones o divisiones foráneas.
Para el caso del Distrito Federal, se entregaron boletas suficientes para el 77 por ciento del electorado. Esto es violatorio del artículo 25, fracción VII, inciso “B” de los estatutos del SME.
|