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El juez 15 de Distrito en Materia Penal, Ranulfo Castillo, negó ayer las ochos órdenes de aprehensión solicitadas por la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), por la matanza del 2 de octubre de 1968, entre ellas la del ex presidente Luis Echeverría Alvarez.
Las órdenes de captura contra siete de los presuntos involucrados en la matanza fueron negadas debido a que el delito de genocidio ya prescribió, estableció.
No obstante, declaró que no ha vencido el delito de genocidio contra el ex presidente Luis Echeverría, aunque la fiscalía no logró acreditar que los estudiantes fueran un grupo nacional y que se buscara su exterminio, aspectos exigidos en el tipo penal para el delito de genocidio.
Respecto al delito de privación ilegal de la libertad, se determinó que éste no ha prescrito y se estableció que el militante Héctor Jaramillo estuvo preso en el Campo Militar Número 1 en 1969.
No obstante, según el juez, la parte acusadora no pudo acreditar la posible responsabilidad de Echeverría en estos hechos, al igual que la implicación de los ex funcionarios de la Dirección Federal de Seguridad, Luis de la Barrada y Miguel Nasar Haro. |