Opinión

Ampliando la democracia

Ampliando la democracia

Ampliando la democracia

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Desde hace muchos años se ha hablado del voto universal, esto es, la aspiración a que la mayoría de las personas puedan participar en la toma de decisiones políticas. Si en los siglos XVIII y XIX el voto estaba anclado a un sistema censitario y restringido, hoy la lucha va por otro lado.

El voto censitario era un método por el cual la participación política estaba limitada a diversas situaciones que, a final de cuentas, garantizaban que quien sufragara perteneciera a una élite. Así, se solicitaba ser hombre, con instrucción y propiedades, requisitos que se pedían para votar pero que incluso se aumentaban para poder acceder a una candidatura.

Con el transcurso del siglo XIX, elementos como la raza, los ingresos económicos y el sexo masculino, fueron eliminándose de los requisitos para votar, llegando a un estadío en el cual la clave es doble: por un lado, la nacionalidad, por otro, una edad mínima.

Ahora bien, dado que el voto puede ser pasivo (obtener una candidatura) o activo (sufragar), vale la pena preguntarnos por la relación entre los requisitos para ambos tipos de voto, y la democracia que tenemos.

Ahí los tribunales electorales, en particular el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, han jugado un papel importante en la ampliación de las posibilidades representativas de nuestra democracia. Me explico, parto de considerar que mientras más voces participen, tenemos la posibilidad de acceder a una mejor democracia.

Los tribunales constitucionales pueden ser auténticos guardianes de la democracia, y no sólo “poderes contramayoritarios” cuando realizan alguna de estas funciones:

Primero, supervisar la calidad en la toma de decisiones realizada por otros órganos: por ejemplo, cuando una instancia legislativa o administrativa electoral, decide legislar o regular alguna figura jurídica que afecta los pueblos y comunidades indígenas, debe tomar en cuenta la voluntad de esta merced a la figura de la consulta, que tiene un estatus constitucional. Así, cuando una medida tomada sin la realización de esta consulta se anula, lo que sucede es que se garantiza la participación de las personas que se verán afectadas para que puedan tomarse en cuenta sus necesidades e intereses.

Segundo, ampliando las personas que pueden sufragar: en este punto, por ejemplo, el Tribunal Electoral ha dictado dos resoluciones que ilustran el punto, la primera, respecto la necesidad de garantizar el voto de ciudadanas y ciudadanos mexicanos que se han visto desplazados de sus lugares de origen por diversos conflictos sociales, el segundo, mediante la sentencia que reconoce el derecho de las personas privadas de su libertad de forma preventiva, para votar en las elecciones.

Ambas sentencias han obligado a un importante esfuerzo por parte de las autoridades electorales administrativas, para poder ejecutarlas debidamente y así materializar la tutela ordenada. Incluso, en el segundo caso, en las elecciones de este año veremos la aplicación de un programa piloto de votación en diversas cárceles del territorio nacional.

Tercero, tutelando de manera reforzada el mandato de paridad: si ya desde 2014 se ordenaba la paridad de género en las postulaciones, las sentencias han obligado a reconocer que la misma debe cumplirse también en las coaliciones y en las candidaturas comunes, en los estados en que existe esta última figura. Además, la justicia electoral ha mandado un claro mensaje a los partidos políticos para que integren sus órganos directivos de forma paritaria.

Cuarto, sosteniendo o creando acciones afirmativas que enriquecen la democracia: aquí puedo citar los casos en que se ha sostenido en los tribunales las decisiones de establecer candidaturas obligatorias a grupos como los pueblos y comunidades indígenas, personas aformexicanas, adultas mayores, entre otras. Pero también, y de forma relevante, la novedosa “diputación migrante”, que se constituirá en una forma de representar a la diáspora mexicana.

Las sentencias en estos cuatro rubros tienen el efecto de mejorar la calidad de nuestra democracia, porque amplían la participación de quienes votan, reconocen la necesidad de acabar con injusticias en la representación, y promueven una mayor participación en los órganos de gobierno. Cierto, esta labor no es exclusiva de la judicatura electoral, sino la conclusión de un diálogo con los órganos legislativos y los administrativos electorales.

No se corre el riesgo de caer en una representación corporativa, porque la base de esta es la pertenencia a grupos económicos (trabajo industrial, agrícola, capital, profesiones independientes) y aquí el tema es la desigualdad así como la falta de representación histórica, no el grupo económico.

Una democracia donde sólo se escuchan las voces de ciertas personas, tiene el riesgo de caer en una visión elitista, por tanto, garantizar el voto de quienes normalmente no lo hacían, o reparar las desigualdades históricas en la representación, permitirá que lleguen nuevas ideas e inquietudes a la discusión pública. Eso nos mejora como democracia y también como país.