Opinión

¿Dónde ponemos el límite a la libertad de expresión?

¿Dónde ponemos el límite a la libertad de expresión?

¿Dónde ponemos el límite a la libertad de expresión?

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El rapero Pablo Hasel no debería estar durmiendo desde este martes en una cárcel española, porque el delito del que se le acusa no debería existir.

Si existe es porque el anterior gobierno del PP (derecha), presidido por Mariano Rajoy, trató de contener la sangría de votos que se iba a la extrema derecha española con una polémica Ley de Seguridad Ciudadana aprobada en 2015 -conocida como Ley Mordaza-, que contempla penas más graves para delitos ya existentes como enaltecimiento del terrorismo o injurias a la Corona. Desde entonces y bajo la tipificación del delito de odio, la nueva ley se prestó a interpretaciones arbitrarias sobre qué es una injuria grave y qué es la libertad de expresión.

Prueba de la arbitrariedad de la llamada Ley Mordaza es lo que sucede con el rey emérito Juan Carlos I, quien huyó de España -en la versión oficial “se ausentó de España”- en cuanto el gobierno socialista dijo que no iba a poner trabas a la investigación del escándalo de los millones de petrodólares saudíes en cuentas secretas en Suiza a nombre de una supuesta amante. Uno de los delitos por los que el rapero catalán duerme en la cárcel fue por este tuit de hace unos años: “El mafioso del Borbón de fiesta con la monarquía saudí, entre quienes financian el ISIS (el Estado Islámico) queda todo”. Según la Ley Mordaza, es delito constitutivo de cárcel una acusación tan grave al monarca, y así lo entendió un juez. Pero otro juez podría haber interpretado otra cosa: que no es un delito muy grave porque, efectivamente, el fiscal anticorrupción ya presentó pruebas de que el anterior jefe de Estado pudo haber cometido un delito de lavado de dinero.

Luego está el doloroso tema de enaltecimiento del terrorismo.

En un país como España, que ha sufrido el azote del terrorismo como pocos, denigrar a las víctimas de ETA como hizo el rapero es un insulto intolerable, como desde luego también lo es denigrar a las víctimas del franquismo. Pero el delito de infamia o injuria estaba ya contemplado en el Código Penal español y la persona que se sienta ofendida puede llevar a tribunales al que haya cometido el delito y, si hay condena, la ofensa será reparada con multas y rectificación pública. Es notorio el caso del conocido locutor de extrema derecha Federico Jiménez Losantos, condenado en reiteradas ocasiones a pagar de su bolsillo importantes cifras de dinero por insultar gravemente sin pruebas, y anunciar a su audiencia que fue condenado por infamia a la persona que se querelló en su contra.

Prueba de la necesidad de que el gobierno de Pedro Sánchez debe impulsar ya -con el mayor respaldo posible- una reforma del Código Penal, que derogue la Ley Mordaza y marque muy bien los límites del derecho a la libertad de expresión y el delito de injuria, es lo que ocurrió hace tres días en Madrid, cuando, al final de una manifestación de homenaje a los soldados franquistas que combatieron con los nazis en el asedio a Leningrado, una joven (nacida ya en democracia) declaró: "Es nuestra suprema obligación luchar por una España y por una Europa ahora débil y liquidada por el enemigo, que siempre es el mismo con distintas máscaras: El judío, porque nada más certero que esa afirmación".

En una democracia normal, quien debería estar en la cárcel es la neonazi española y no Hasel, porque un delito de odio gravísimo, intolerable (y debería ser así en todo el mundo) es aquel que incite a cometer crímenes contra un pueblo por el hecho de existir (como el judío o el palestino), que incite a la insurrección para derribar un gobierno elegido por el pueblo (Donald Trump), o que incite a atacar un minoría o a las mujeres, por el simple hecho de serlo.

fransink@outlook.com