Opinión

La mala leche de la iniciativa gachuz-vidaña trascendió fronteras

La mala leche de la iniciativa gachuz-vidaña trascendió fronteras

La mala leche de la iniciativa gachuz-vidaña trascendió fronteras

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

A quienes estamos inmersos en esta lucha por la dignidad y el respeto a los demás animales no tengo necesidad de explicarles quién es la

Dra. Ana María Aboglio y su Otra Mirada, pero, para los que no estén al tanto, sépanse que la dureza argumentativa de esta abogada argentina con muy amplio curriculum, además, especializada en Filosofía del Derecho y Ética para los Derechos Animales, suele ser irrebatible. He aquí, ajustado al espacio que se me permite por semana, parte del rápido “análisis crítico" que realizó a la iniciativa para una dizque Ley General de Bienestar Animal promovida por el par de diputados citados por su apellido paterno al título del presente texto; bodrio distante por mucho al objeto pretendido y sobre el que Anny opina lo siguiente:

Nos parece que no es necesario insistir en las características generales de cualquier propuesta de este tipo. Están a la vista el notorio refuerzo del humanismo antropocentrado y especista, su lenguaje denigratorio clasificador de grupos animales según el uso humano y la formación de redes institucionales que repetirán la sujeción del animal y el entramado de relaciones de opresión presentadas bajo la bandera del tan necesario bienestar animal. La sintiencia es innegable y el derecho mexicano ya lo había reconocido en la Constitución Política de la Ciudad de Me?xico. Así que esta ley esta? basada en el concepto de bienestar animal definido por la OIE, por lo que sus disposiciones obedecen a conocimientos fundamentados y que pueden ser evaluados de manera objetiva mediante evidencia científica. En este sentido, se establece un marco de actuación para definir las competencias entre los distintos órdenes de Gobierno y garantizar el bienestar de los animales sujetos al dominio, proteccio?n y manejo del ser humano, de acuerdo con su función zootécnica. Por lo tanto nos limitaremos a señalar algunos (5) detalles como:

La insistencia en el trabajo conjunto con la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y en la discusión democrática con los que participaron en la confección de la ley, interesados en un “trato digno". O sea, dos elementos políticos: a) la autoridad científica mundial; b) la participación democrática de los que representarían a los intereses en juego (de los que quedan ajenos los animales no humanos). La diferencia explicita entre “animales" y “personas", los primeros sujetos de propiedad de las segundas, acorde con lo cual se evita el término adopción para referirse a “donación". Podemos agregar aquí una diferenciación de tipos animales que tranquiliza a ciertos sectores ciudadanos. En suma: los principios de la zootecnia quedan así resguardados. Un insistente uso del término “matanza" para los animales de producción, incluyendo su reemplazo en numerosos casos en que ahora dice “sacrificio" y una generosa aceptación de lo que llaman “eutanasia" por “agentes químicos o métodos mecánicos". Un llamado a la participación ciudadana para la promoción y vigilancia de la ley. (Y), la inclusión de una propuesta especialmente útil (no para los no humanos) en tiempos de crisis socio-econo?mica: la autoridad competente podrá? imponer una amonestación y conmutar la pena de multa por trabajo en favor de la comunidad o el bienestar animal (por única vez), en los casos de infracciones cometidas por personas con atraso cultural evidente, aislamiento social, extrema necesidad económica o realizados “por la estricta necesidad de satisfacer sus necesidades personales o familiares del momento". Dado lo anterior, la Dra. concluye desestimando totalmente la idea de “avance" para caracterizar este tipo de leyes, pues supondría una línea de tiempo comunitario que no reconoce como tal.Finalmente para quien se ha desvivido por romper el antropocentrismo jurídico en la materia, el proyecto de referencia debería “reconocer el valor ecológico y la dignidad de los animales como seres vivos"; sin embargo, puntualiza, da relevancia al aprovechamiento sostenible (¿?) de los mismos en función de los cinco grupos considerados… buscando, sí, las condiciones necesarias para que se cumpla con el bienestar animal, más, SIEMPRE Y CUANDO no se comprometan el abasto, la calidad y la sanidad de tales “productos". Siendo así, no encuentra derechos básicos sino un cálculo utilitarista que por razones varias aumenta la inferiorización del Otro animal, asegurando que estos proyectos consagran el humanismo apropiador que caracteriza a la visión antropocéntrica especista que nos aleja de la desmercantilizacio?n y la despatriarcalizacio?n anudadas en la violencia contra los más desprotegidos.

Me pregunto si el par de granujas proponentes tendrán la capacidad de entender lo expuesto, y de no ser así, si al menos sus compañeros diputados sí...

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