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Aprueban Ley Olimpia en el Congreso de la CDMX

Las penas serán de 4 a 8 años y el pago de una multa de 42 mil a 84 mil 490 pesos a quien difunda contenido sexual de otra persona. La iniciativa promovida por la Jefa de Gobierno fue aprobada con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

Las penas serán de 4 a 8 años y el pago de una multa de 42 mil a 84 mil 490 pesos a quien difunda contenido sexual de otra persona. La iniciativa promovida por la Jefa de Gobierno fue aprobada con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

Aprueban Ley Olimpia en el Congreso de la CDMX

Aprueban Ley Olimpia en el Congreso de la CDMX

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

En el Congreso de la Ciudad de México se aprobó la reforma para castigar con pena de cuatro a ocho años de prisión y multas de 42 mil a 84 mil 490 pesos a quien comparta imágenes íntimas con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento.

Dicha iniciativa, impulsada por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, es conocida como Ley Olimpia.

El dictamen para modificar el Código Penal local fue sometido a votación en el Pleno con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

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El presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Eduardo Santillán, explicó en tribuna las modificaciones al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

“Comete el delito contra la intimidad sexual, primero quien videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore imágenes, audios o videos, reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño”, externó Santillán.

“A quién exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona a sabiendas de que no existe consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico”, agregó el legislador.

Con el cambio al Código Penal, las respectivas autoridades podrán ordenar a las empresas que prestan servicios digitales, proveedores de internet, redes sociales, administrador o titular de la plataforma o medio de comunicación, el retiro inmediato de publicaciones que se realicen sin consentimiento de la víctima.

La reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México define a la violencia digital como cualquier “acto que se presenta a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), plataformas de internet, redes sociales o correo electrónico, o cualquier otro espacio digitalizado que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres”.

A la discusión acudieron integrantes de organizaciones feministas, así como la autora de la iniciativa original, Olimpia Coral Melo, quien fue víctima de la difusión de un video íntimo y creó la iniciativa para proteger a otras mujeres.

“Hoy, el Congreso de la CDMX después de tres años, después de casi ocho meses de resistencia... ha sido parteaguas para esto”, externó Coral Melo.

ACOSO. La pornovenganza —que se presenta cuando una persona sube en internet fotos o videos sexuales de otra persona, sin el consentimiento de la última— se ha hecho muy común entre jóvenes y menores de edad, quienes cada vez más comparten este contenido en redes sociales y grupos de mensajería como ­WhatsApp y Messenger.

Las personas afectadas son víctimas de burlas, acoso y agresiones en las redes sociales.

Javier Martínez Cruz, especialista en el tema y Comisionado del Infoem, aseguró que es necesario ponerle un freno a esta actividad que orilla a las víctimas al rechazo social y pone en riesgo su vida al sufrir depresión.

Agregó que además de imponer un castigo ejemplar a quienes compartan el material gráfico, también las autoridades deben tener un plan de prevención y así evitar que la gente se exponga. En la mayoría de los casos, es la expareja quien difunde las fotografías o los videos sexuales, en muchos casos se usan para extorsionar a las víctimas.

“Sin que la chica o chico se dé cuenta se graba el momento en que tiene relaciones sexuales, y si ella o él no accede a hacer un favor o a cumplir un capricho de la persona que lo exige, comienzan las amenazas, y la mayoría de las veces el video o las fotos se comparten con un círculo cercano a la víctima, amigos, compañeros de trabajo y hasta familiares”, explicó el experto.