Metrópoli

Congreso CDMX aprobará reforma constitucional en extinción de dominio

Serán objeto de extinción de dominio aquellas personas que incurran en los delitos derivados de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos y delincuencia organizada.

Serán objeto de extinción de dominio aquellas personas que incurran en los delitos derivados de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos y delincuencia organizada.

Congreso CDMX aprobará reforma constitucional en extinción de dominio

Congreso CDMX aprobará reforma constitucional en extinción de dominio

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El Congreso de la Ciudad de México participará en la aprobación de una Reforma Constitucional, al dictaminar en comisiones reformas al Artículo 22 y la fracción XXX del Artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio.

El dictamen que se presentará mañana ante el pleno del Congreso local en sesión extraordinaria, determina que serán objeto de extinción de dominio aquellas personas que incurran en los delitos derivados de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos y delincuencia organizada.

También serán objeto de extinción de dominio quienes incurran en delitos como robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, mejor conocido como huachicoleo.

El diputado de Morena, Eduardo Santillán, destacó que entre 13 y 14 congresos locales ya aprobaron la minuta enviada desde el Congreso Federal, por lo que confió en que pronto se cumplirá 50 por ciento más uno, es decir, 17 congresos,  para concretar la reforma constitucional, publicarla y que entre en vigor.

Explicó que con estas acciones promovidas desde el Ejecutivo Federal se afecta a los delincuentes, no sólo en cuanto a la privación de la libertad, sino en cuanto a su operación financiera y económica; de tal manera, que la extinción de dominio se convierta en una acción muy ágil para que los bienes pasen a ser propiedad del Estado.

En el dictamen, aprobado por unanimidad en comisiones, se establece que la acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal.

Las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función. La ley establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio.

Lo anterior incluye sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad el destino y, en su caso, la destrucción de los mismos.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso local, Nazario Sánchez, explicó que con esta reforma no sólo se requerirá la participación del Ministerio Público, sino que será un juez civil el que tendrá la última palabra para ejercer la extinción de dominio.

Precisó que la reforma, que tendrá que aprobar las dos terceras partes del pleno, aclaró que no se trata de confiscar, sino de ejercer la extinción de dominio para que los bienes mal habidos de un delincuente pasen a manos del Estado.

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