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Doblan penas para adolescentes infractores

El Ejecutivo federal reconoce que "las cifras de  adolescentes dedicados al delito han crecido", por lo cual plantea incrementar el catálogo de delitos por los cuales podrá ser ingresado a un Centro de Internamiento un menor además de que propone endurecer las penas de cárcel para menores de edad hasta el doble de las que se establecen en la actualidad.

Doblan penas para adolescentes infractores

Doblan penas para adolescentes infractores

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El Ejecutivo federal reconoce que "las cifras de adolescentes dedicados al delito han crecido", por lo cual plantea incrementar el catálogo de delitos por los cuales podrá ser ingresado a un Centro de Internamiento un menor además de que propone endurecer las penas de cárcel para menores de edad hasta el doble de las que se establecen en la actualidad.

Por ejemplo para los menores infractores entre catorce años cumplidos y menos de dieciséis años, pasa de tres a seis años, la pena máxima.

Mientras que para aquellos adolescentes que al momento de la comisión de la conducta tuvieren entre dieciséis años y menos de dieciocho años las penas máximas pasan de 5 a diez años.

De hecho establece que la duración máxima del internamiento podrá ser de hasta diez años, es decir el doble de los 5 años que establece la legislación actual para los casos de homicidio calificado, violación tumultuaria, en los casos de secuestro; hechos señalados como delitos en materia de trata de personas y delincuencia organizada.

“Está creciendo el número de niños y adolescentes dedicados al delito; tenemos que hacer algo para detenerlo”, advirtió el Fiscal General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero

Al acudir al Senado a explicar las nuevas reformas al Sistema de impartición y procuración de Justicia, Gertz Manero consideró que tiene que haber una visión muy clara para ellos, para sus padres y para el Estado, de que aquel que infringe la ley se le sanciona y aquel que tiene la patria potestad o la guardia y custodia, tiene responsabilidades.

Explicó que cuando se sentencia a un menor de edad, compurgará la pena por la cantidad de años consecuentes a la comisión de ese delito.

“No es que yo ya cumplí 17 y ya me voy, no. Tú tienes consciencia, tú tienes responsabilidad, tú tienes que tener una responsabilidad frente a tu comunidad”. Aseveró

En las reformas a la ley de justicia para adolescentes, se establece que una vez que los jóvenes cumplan la mayoría de edad, deberán compurgar el resto de su pena en el sistema penitenciario para adultos y que quienes cometan faltas administrativas o delitos menores deberán, pagar con trabajo comunitario y sus padres serán corresponsables de su cumplimiento.

“Se aplicará en lo conducente a las personas que se encuentren en proceso o cumpliendo una medida de sanción y cumplan dieciocho años de edad en este supuesto no se extinguirá la sanción en ningún caso al cumplir la mayoría de edad”, pues seguirá compurgando su pena en el centro de reclusión que corresponda a su edad vigente, se describe

El documento establece que un menor podrá ser internado por los delitos de extorsión, contrabando y su equiparable; feminicidio, defraudación fiscal y su equiparable; así como la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados; robo a casa habitación; robo a transporte de carga en cualquiera de sus modalidades; delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.

Además, se establece un régimen especial para adolescentes, “Tratándose de menores imputados cuya franja esté comprendida entre mayores de dieciséis y menores de dieciocho años que participen en conductas de Delincuencia Organizada, se observarán las disposiciones contenidas en la Ley Nacional contra la Delincuencia Organizada, el Código Penal Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales en lo que no contravengan las disposiciones de esta Ley”.

La participación en pandilla o asociación delictuosa también serán tomadas en cuenta por la autoridad judicial para aplicar las medidas correspondientes por la comisión de conducta tipificada como delito.

ijsm