Opinión

El amparo en la ruta del desamparo

El amparo en la ruta del desamparo

El amparo en la ruta del desamparo

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Con el estrépito de un piano derrumbado por una escalera, la advertencia tronó con el ruido del ucase, el decreto supremo, la orden ejecutiva dictada desde la majestad del cargo por el cargo mismo, por la encarnación del soberano poder popular, contra la inaceptable estrategia de quienes han hecho de las garantías de la persona —como el amparo de la justicia—, una forma frecuente, insistente y desleal de combatir los proyectos del gobierno.

El amparo se queda —políticamente—, en el desamparo y don Manuel Crescencio Rejón se sacude el sudario. De garantista ha pasado a ser saboteador legal. Y como él, Mariano Otero.

Fue en Tabasco, simbólicamente, donde el Señor Presidente habló de los futuros recursos jurídicos contra quienes se han opuesto a su aeropuerto en los terrenos de Santa Lucía, en los cuales y dada su árida condición no florece nada como no sean las espinosas flores del amparo.

Ya a mediados del mes se había expresado, en otra de las varias escaramuzas, bajo la invocación de una frase ingeniosa: el sabotaje legal. Así lo refirió la prensa:

“…El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, afirmó este viernes que los amparos en contra de la construcción del aeropuerto en Santa Lucía son un sabotaje legal y que presentar este tipo de recursos ya se volvió deporte nacional…”

“El jueves (15 de agosto), un juez federal concedió una suspensión definitiva mediante la cual se ordena al Gobierno detener la construcción del Aeropuerto Internacional de Santa Lucía hasta que se fundamente la cancelación del puerto aéreo de Texcoco…”

Si bien el término “sabotaje legal” no es nuevo, vale la pena recordar otra ocasión en la cual el Señor Presidente lo empleó para defender sus proyectos y “desenmascarar” las ruines intenciones de los quejosos. Fue en julio:

“…el presidente Andrés Manuel López Obrador enviará un oficio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para hacer patente su oposición a estos procesos judiciales (los amparos)…

“Actuará igual en la lluvia de recursos interpuestos contra sus principales proyectos (la refinería de Dos Bocas y el Tren Maya) cuando se otorguen indebidamente”.

En su más reciente diatriba dijo:

—Sí, ya estamos viendo legalmente eso, y tenemos otro recurso, que es el poner por delante el interés de la nación.

¿Y qué significa eso, señor?, en términos de se avanza o no se avanza.En su momento lo voy a dar a conocer, en su momento vamos a acudir a la facultad que tiene el Estado para poner a salvo el interés nacional. Eso es lo único que puedo decir.

Pero no puede un grupo de intereses creados detener el desarrollo del país. Eso por lo primero”.

La razón de ser del juicio de amparo cuya existencia fue exhibida en la escuela jurídica mexicana como un orgullo y una aportación fundamental, no es reconocida ahora como tal, cuando se usa —al menos ahora—, contra los proyectos personales de un Jefe de Estado.

Pero la verdad, ese juicio tiene como raíz y mérito evitar las arbitrariedades y los abusos del poder. En eso se parece a las comisiones de Derechos Humanos, aun cuando éstas carecen de facultades jurisdiccionales: o sea no tiene fuerza de coacción. Las sentencias judiciales, sí.

Por el incumplimiento de una de estas sentencias, el entonces jefe del Gobierno de la ciudad de México, Andrés Manuel López. Obrador (usted lo recuerda), enfrentó un proceso de desafuero. Lo ocurrido después ya no fue cosa de la legalidad.

En torno de esta cuestión del “sabotaje legal”, el amparo y sus fines, más allá de lo jurídico, y lo otro y lo de más allá, vale la pena conocer esta opinión del ministro retirado de la Suprema Corte de Justicia, Ramón Cossío:

“…Llama la atención el que con motivo de los amparos promovidos y las suspensiones otorgadas por diversos jueces de distrito en los aeropuertos de Texcoco y Santa Lucía, el presidente López Obrador haya utilizado la expresión ‘sabotaje legal’.

“…En el lenguaje ordinario, por sabotaje se entiende el daño o deterioro que se hace por procedimientos de lucha contra patronos o el Estado y, también, como la oposición u obstrucción disimulada contra proyectos, órdenes, decisiones o ideas.

“…En el derecho mexicano, sabotaje es el delito que se comete por quien dañe, destruya o ilícitamente entorpezca vías de comunicación, servicios públicos, funciones de las dependencias del Estado, organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal o sus instalaciones; plantas siderúrgicas, eléctricas o de las industrias básicas; centros de producción o distribución de artículos de consumo necesarios de armas, municiones o implementos bélicos, con el fin de trastornar la vida económica del país o afectar su capacidad de defensa.

“…Con estos entendimientos lingüísticos a la vista, ¿a qué habrá querido referirse el presidente por “sabotaje”?

“…Me parece que no a la primera de las acepciones generales, por no haber un daño material directo a las instalaciones objetos de los litigios. Tampoco, desde luego, al supuesto delictivo, en tanto se habla de medios ilegales, y los litigios realizados conforme a las normas jurídicas, difícilmente pueden serlo.

“A lo que el presidente parece referirse con tal expresión y ha reiterado con otras semejantes, es al hecho de que mediante los procesos judiciales se está manifestando una oposición a sus proyectos o ideas…”

Así pues la advertencia desde Villahermosa, confirma las lucubraciones del exministro: toda oposición legal (sin machetes, como antes), es un sabotaje.

Por eso el Presidente ya habla del interés nacional.

—¿Cómo se garantiza dicho interés, más allá de la posibilidad de defensa del individuo?

La Constitución dice en su artículo 27:

“…La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana”.

“En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad…”

Obviamente será fácil agregar, cuando se dice: “…para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural…”, la aeronáutica civil. Total, a estas alturas todo es posible.

Y también se podrá decir con base en este texto: “…lograr el desarrollo equilibrado del país…” construyendo un aeropuerto.

No olvidemos esos argumentos. Fueron similares a los de Vicente Fox cuando expropió los terrenos para el aeropuerto de Texcoco en su primera versión.

Los habitantes de Atenco estimulados por ya sabemos quiénes, lo sabotearon sin amparo y a machetazos. Nada de juzgados, ni leyes: el fiero fierro.

El aeropuerto fue suspendido y aplazado. Se adquirieron los terrenos donde se inició la obra ahora abortada.

Y en las condiciones actuales, ya no será necesario nada más. También se podrá invocar la seguridad nacional, lo cual resultará un poco más complejo, pues “… en el caso de la Seguridad Nacional (Cisen), los instrumentos de actuación, por el contrario, no incluyen el uso de herramientas coactivas como elemento primario.

“El artículo 73, fracción XXIX-M de la Constitución Federal prevé la figura de las investigaciones como el principal instrumento de actuación para mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano…”

¿Se preservarán la integridad y estabilidad del Estado, echando abajo el juico de amparo por saboteador y huizachero, leguleyo, picapleitos, trastupijes y coyote?

¡Quién sabe!

rafael.cardona.sandoval@gmail.com

elcristalazouno@hotmail.com