Opinión

El derecho al revés; la Constitución bajo la 4T

El derecho al revés; la Constitución bajo la 4T

El derecho al revés; la Constitución bajo la 4T

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

En su afán por transformar todo —incluso aquello que sí funciona— el gobierno de López Obrador impulsa cambios constitucionales que, de aprobarse, modificarán irreversiblemente la fisonomía institucional, jurídica y política de México. Con el control directo de 360 de los 500 integrantes de la Cámara de Diputados que pueden llegar a 407 cuando otros partidos los acompañan, y del Senado donde también mantienen una hegemonía cerrada con 86 legisladores, que pueden alcanzar 100, de un total de 128, este fin de semana inició el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Congreso de la Unión en el cual se prevé una confrontación desequilibrada entre dos proyectos de nación: el liberal-democrático y el populista-autoritario.

El primero considera esencial mantener la eficacia de las garantías constitucionales, la defensa y promoción de los derechos humanos, de las libertades públicas y privadas de los ciudadanos, así como la permanencia irrestricta de las reglas del juego político que caracterizan nuestro sistema democrático mediante un conjunto de mecanismos que impiden la violación de la voluntad popular asegurando legalidad, certeza, objetividad, imparcialidad, autenticidad y transparencia, además de la justicia y equidad de los comicios. Estas adquisiciones jurídicas y de valores que posee nuestro sistema político han sido producto de la lucha social en la transición hacia una democracia de calidad.

El segundo pretende limitar los derechos humanos y las garantías individuales a través de reformas judiciales que amplíen el arraigo para todos los delitos, validando pruebas ilícitas —como tortura y cateos ilegales—, eliminando la presunción de inocencia y limitando el juicio de amparo. Busca legalizar la intervención de comunicaciones privadas en materia electoral y fiscal prohibidas por nuestra Carta Magna y por si fuera poco, anuncia modificaciones constitucionales para reducir las prerrogativas públicas de los partidos y abrirlos al financiamiento privado, eliminando los diputados plurinominales que son la única garantía de representación de la pluralidad política del país y cancelando los organismos electorales locales. Ahora que se avecina la renovación del Consejo General del INE veremos, como en otros casos, intentos de imposición para controlarlo.

En tal contexto, adquieren relevancia las siguientes preguntas respecto a la pertinencia de impulsar modificaciones constitucionales: ¿es lícito que un partido que accede al poder pretenda modificar radicalmente la Máxima Norma sólo por conveniencia electoral?, ¿cuáles deben ser los límites para evitar “fraudes a la constitución”?, ¿cómo proteger a la democracia de la perversión legislativa que socava las reglas de convivencia social? Para responder estas cuestiones del ordenamiento jurídico el profesor Richard Albert en su obra: Enmiendas Constitucionales. Hacer, Romper y Cambiar Constituciones (Oxford University Press, 2020), recuerda que en algunos países democráticos existen candados para dificultar los intentos de modificación constitucional utilizando procedimientos codificados de enmienda que llevan a los líderes a estirar la Constitución más allá de sus límites estableciendo precedentes para su incumplimiento, mientras que en otros sistemas no democráticos los titulares del poder buscan solidificar su ventaja transformando la Constitución con la fuerza de sus mayorías temporales para crear ordenamientos jurídicos completamente nuevos a través de continuas reformas.

Dependiendo de cómo se entienda el poder de enmienda y se defina bajo qué condiciones se puede reconocer su validez, las transformaciones constitucionales pueden ser antidemocráticas, ilegítimas e ilegales. Ahora es el momento de defender nuestra Constitución Política de quienes habiendo llegado al poder temporalmente buscan mantenerlo de modo definitivo.

isidroh.cisneros@gmail.com
Twitter: @isidrohcisneros
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