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El Papa obliga al clero, por ley, a denunciar a pederastas y encubridores

Todas las diócesis deberán crear antes de junio de 2020 un sistema accesible a cualquiera que quiera realizar una denuncia. Se ofrecerá protección total y asistencia a denunciantes y víctimas.

Todas las diócesis deberán crear antes de junio de 2020 un sistema accesible a cualquiera que quiera realizar una denuncia. Se ofrecerá protección total y asistencia a denunciantes y víctimas.

El Papa obliga al clero, por ley, a denunciar a pederastas y encubridores

El Papa obliga al clero, por ley, a denunciar a pederastas y encubridores

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El papa Francisco pasa por fin a la acción y convierte en realidad las promesas que hizo durante la cumbre contra la pederastia, para la que convocó a obispos de todo el mundo el pasado 22 de febrero, cuando declaró que “el santo pueblo de Dios nos mira y no sólo espera de nosotros simples y obvias condenas, sino todas las medidas concretas y eficaces que se requieran”.

Ayer hizo públicas estas medidas concretas con un motu proprio (documento papal) llamado Vos estis lux mundi (Vosotros sois la luz del mundo), en el que se obliga a todos los miembros de la Iglesia —curas, monjas, monjes, seminaristas, novicios, obispos, cardenales— a denunciar cualquier caso de abusos sexuales y también el encubrimiento por parte de los obispos.

Ésta es la medida principal del motu proprio, que también exige a todas las diócesis del mundo la creación antes de junio de 2020 de un sistema accesible a cualquiera que quiera realizar una denuncia.

DENUNCIAS POR INTERNET. El español Juan Ignacio Arrieta Ochoa, secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, explicó que “no hay delitos ni penas nuevas, lo que se busca es garantizar la gestión de denuncias y la fidedigna transmisión de las denuncias". Subrayó que una de las principales novedades es la obligación de denuncia, que antes era una cuestión moral, de conciencia, “pero ahora está establecido legalmente".

Asimismo será obligatorio el establecimiento de oficinas, portales de internet y líneas telefónicas para que se puedan recibir las denuncias para delitos en los que “se obligue a alguien, con violencia o amenaza o mediante abuso de autoridad, a realizar actos sexuales con un menor o con una persona vulnerable; y producir, exhibir, poseer o distribuir, incluso por vía telemática, material pornográfico infantil”.

Otro punto relevante es la protección de los denunciantes y de las víctimas, que, según la nueva ley, no pueden ser objeto de “prejuicios, represalias o discriminación”, así como nadie puede imponerles la obligación de silencio con respecto al contenido, por lo que pueden hablar con ellos quienes quieran, incluida la prensa. Asimismo, se les garantizará “asistencia médica, terapéutica y psicológica, según sea el caso”.

EVITAR ENCUBRIMIENTOS. Las denuncias recogidas tendrán que ser inmediatamente comunicadas al obispo o al superior de la diócesis donde se han producido los hechos, pero también se permite que se informe a otros obispos. El objetivo es evitar los encubrimientos, ya que en el caso de que la persona señalada, tanto por abusos como por encubrir, sea un obispo o un cardenal, se tendrá que informar urgentemente a la Santa Sede.

“Pero siempre será un obispo, que debe responder directamente al Papa, y con la ayuda de fieles laicos, quien se encargue de esta primera investigación preliminar”, explicó Arrieta. El responsable deberá enviar en un plazo de 30 días a la Santa Sede “una relación informativa sobre las investigaciones”, que “debe concluirse en el plazo de 90 días”, y que sólo será prorrogable por razones justas.