Opinión

El presidente y el proceso electoral

El presidente y el proceso electoral

El presidente y el proceso electoral

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Pablo Xavier Becerra Chávez*

El tema de la intromisión del presidente López Obrador en el proceso electoral en curso ha llegado en varias ocasiones al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). La forma predominante de esa intromisión ha sido mediante declaraciones en las conferencias mañaneras, en que ante preguntas de los reporteros el Presidente aprovecha para improvisar sobre el tema de cómo el proceso de transformación que él encabeza enfrenta la resistencia de sus “adversarios”, los “conservadores” que “buscan regresar al país de corrupción y privilegios del pasado”.

En la conferencia mañanera del 23 de diciembre afirmó que los conservadores “van a buscar en las elecciones el regreso de ese régimen antipopular…“que no tengamos una representación mayoritaria en la Cámara de Diputados…Va a ser una elección interesantísima porque la gente va a decidir ¿Qué quieren? ¿Más de lo mismo? ¿O retrocesos?, ¿o quieren que sigamos adelante?... se unen los conservadores para detener el proceso de transformación”. Ante estas declaraciones el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció que el Presidente utilizaba ese espacio, al que comparece como titular del Poder Ejecutivo, organizado y difundido con los recursos gubernamentales, para hacer posicionamientos a favor de su partido y en contra de los partidos opositores.

El 30 de diciembre la Comisión de Quejas del INE aprobó medidas de tutela inhibitoria para evitar que el Presidente incurriera de nuevo en tales declaraciones en el futuro inmediato. Ante la impugnación de la Presidencia de la República, la Sala Superior del TEPJF resolvió revocar el acuerdo de la Comisión y ordenó al Consejo General del INE pronunciarse al respecto, debido a la importancia y novedad del tema derivado de las conferencias mañaneras.

El 15 de enero el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG26/2021 en el que se establecieron medidas cautelares para que el Presidente y los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades eviten pronunciarse sobre temas electorales. Se consideran medidas de tutela inhibitoria porque buscan frenar dichas conductas que pueden generar un desequilibrio en la contienda o en las preferencias electorales, no sancionarlas. Entre las áreas que los funcionarios mencionados deben evitar en sus declaraciones se encuentran el ejercicio de las prerrogativas, la vida interna de los partidos, las candidaturas, los cargos de elección, las etapas de los procesos electorales, los frentes y coaliciones, las plataformas, las campañas y las estrategias electorales, así como las encuestas en la materia.

En un principio y con la finalidad de acatar la orden del TEPJF, el Acuerdo se limitaría exclusivamente al Presidente de la República, pero finalmente se aprobó que esas medidas serían extensivas “a las y los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas y a todas las personas servidoras públicas de cualquier nivel u orden de gobierno”. También se precisó que la instancia encargada de pronunciarse al respecto sería la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, a pesar de que el TEPJF había planteado que esa atribución debiera corresponderle al Consejo General, debido a que originalmente se trataba de las conductas del presidente.

El presidente López Obrador se inconformó con el acuerdo del INE y un mes después, el 17 de febrero la Sala Superior del TEPJF resolvió revocarlo y por lo tanto dejar sin efecto las medidas establecidas en él. La Sala Superior determinó que el INE trató de imponer medidas de no repetición, ante la supuesta posibilidad de que ocurra un acto lesivo futuro de carácter ilícito, pero dichas medidas solamente pueden ser establecidas por el tribunal después de un estudio de fondo.

El INE se habría extralimitado al prever conductas futuras similares a hechos que ya han sido impugnados (las declaraciones sobre temas electorales), pero el tribunal no ha considerado hasta ahora ilícitas tales conductas, a pesar de que ya se han presentado varias impugnaciones. Además, el INE extendió las medidas cautelares a titulares de poderes ejecutivos locales y a funcionarios públicos de todos los niveles, a pesar de que la orden del TEPJF se refería exclusivamente al Presidente de la República. Finalmente, el acuerdo del INE delegó a la Comisión de Quejas la aprobación de las medidas cautelares de tutela inhibitoria, a pesar de que el TEPJF había ordenado que debía el Consejo General el responsable de pronunciarse al respecto.

Sin embargo, a pesar de dejar sin efecto lo acordado por el INE, la propia sentencia del TEPJF aclara que “no prejuzga ni representa un pronunciamiento de fondo sobre las conductas denunciadas en el procedimiento especial sancionador que dio origen a las medidas que revoca esta resolución” (Boletín, SS-TEPJF, 17 de febrero de 2021).

El propio Magistrado Presidente del TEPJF, José Luis Vargas, ha aclarado que el fondo del asunto de las declaraciones presidenciales sobre temas electorales no ha sido resuelto. En un boletín dado a conocer el 19 de febrero por el propio tribunal se ha informado que aún hay “seis o siete” impugnaciones que deben ser resueltas en las próximas semanas. Así pues, aún tendremos que esperar la última palabra del TEPJF sobre este tema. Pero de lo que no cabe duda es que seguirá habiendo impugnaciones al respecto, porque, como al presidente AMLO le gusta decir, “su pecho no es una bodega” y muy probablemente la tormenta de declaraciones polémicas continuará.

* Pablo Xavier Becerra Chávez es profesor-investigador del Departamento de Sociología de la Unidad Iztapalapa de la Universidad Autónoma Metropolitana y Consejero Electoral ante el Consejo Local del INE en la Ciudad de México