Metrópoli

Esposos agresores deberán dejar el hogar y pagar servicios

La desocupación será inmediata por parte del agresor, del domicilio de la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad.

Esposos agresores deberán dejar el hogar y pagar servicios

Esposos agresores deberán dejar el hogar y pagar servicios

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

En la Ciudad de México entraron en vigor este martes diversas reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que esposos agresores dejen de manera inmediata el hogar que compartan con su pareja o familia y paguen servicios, además no les será posible vender la vivienda.

Las modificaciones al artículo 63 de la Ley, prohiben que el agresor permanezca en el mismo domicilio que su víctima, aún cuando ellos sean los dueños o responsables del pago del inmueble.

“La desocupación inmediata por parte del agresor, del domicilio de la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo, del matrimonio en sociedad conyugal o de separación de bienes”, señala la fracción III del artículo 63 publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

El documento agrega que para atender la reeducación y reinserción de la persona agresora de violencia sexual, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México deberá establecer las acciones y medidas a seguir; “siempre y cuando exista un modelo de abordaje psicoterapéutico debidamente probado en sus beneficios y alcances y supervisado por la Secretaria de las Mujeres”.

Por otra parte, se indica en el artículo 50 Ter que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) será la encargada de administrar los Refugios Especializados, por lo que deberá incluir en su anteproyecto de presupuesto de egresos de la entidad de cada ejercicio fiscal los recursos necesarios para su operación.

Mientras que en el Artículo 40 se establece que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en coordinación con la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México y la Fiscalía, deberá facilitar los trámites para que las mujeres víctimas de violencia obtengan vivienda y/o créditos accesibles para la adquisición o mejoramiento de la vivienda. Este programa deberá considerar las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentren las mujeres víctimas.

La Jefatura de Gobierno contará con un plazo máximo de 120 días hábiles para realizar las reformas reglamentarias necesarias para la aplicación del decreto.