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Hallan 50 mil sitios públicos propicios para la corrupción

La Oficialía Mayor de SHCP detectó las direcciones u oficinas facultadas por anteriores gobiernos para adquirir insumos, servicios y para firmar contratos. El análisis abarca la Presidencia de la República y las 20 dependencias del Poder Ejecutivo, así como otras 300 entidades de la Administración Pública Federal, y sus diversas representaciones o delegaciones en los estados.

La Oficialía Mayor de SHCP detectó las direcciones u oficinas facultadas por anteriores gobiernos para adquirir insumos, servicios y para firmar contratos. El análisis abarca la Presidencia de la República y las 20 dependencias del Poder Ejecutivo, así como otras 300 entidades de la Administración Pública Federal, y sus diversas representaciones o delegaciones en los estados.

Hallan 50 mil sitios públicos propicios para la corrupción

Hallan 50 mil sitios públicos propicios para la corrupción

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

La administración lopezobradorista ha detectado al menos 50 mil direcciones u oficinas en el ámbito federal dedicadas a realizar compras públicas sin mecanismos de control ni esquemas de transparencia.

La investigación, cuyos resultados se compartieron a Crónica, fue realizada por la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y su objetivo fue registrar todas las áreas burocráticas del gobierno federal facultadas —de manera orgánica, por medio de permisos especiales, abuso de atribuciones o vicios en la estructura oficial— para adquirir insumos o servicios y firmar contratos.

El análisis abarca la Presidencia de la República y las 20 dependencias del Poder Ejecutivo, así como otras 300 entidades de la Administración Pública Federal, y sus diversas representaciones o delegaciones en los estados.

Esta proliferación de ventanillas de compra durante los sexenios anteriores, derivó, según la Oficialía Mayor, en el desenfreno de corruptelas, desvío de recursos, incumplimiento a procesos de licitación, negocios personales, tratos comerciales clandestinos, invención de requerimientos, alteración de padrones y sobreprecios. El fenómeno es definido como “corrupción estructural”, la cual no sólo encierra permisividad social o cultural hacia estas prácticas, sino la fabricación de un andamiaje gubernamental para saquear al erario público.

El ramo con el mayor número de flancos abiertos ha sido el de Salud, en el cual se localizaron más de 5 mil espacios propensos a las tranzas, es decir, el 10 por ciento del total. Otras de las dependencias copiosas en “puntos oscuros” para operaciones gubernamentales fueron las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, Energía, Educación Pública, Turismo, Seguridad Pública, Hacienda y Desarrollo Social (hoy Bienestar).

Conforme a este diagnóstico, un mismo insumo para una misma institución o sector podía comprarse en múltiples oficinas. En el caso de Salud, por ejemplo, un medicamento o equipo se podía adquirir de manera descontrolada en la dirección de finanzas de la dependencia, en la oficialía, en alguna dirección administrativa, delegación estatal e incluso en algún instituto, clínica u hospital.

“Entre todas las entidades públicas, Salud es la de mayores volúmenes de compra hacia privados, era la forma como estaba organizado el gobierno. Ha habido muchas puertas abiertas, huecos donde hay una parte requiriente y otra contratante, elementos técnicos de un proceso de adquisición, y así es muy difícil controlarlo, por ahí se logró por mucho tiempo colar la corrupción”, dijo a Crónica Hugo López-Gatell, Subsecretario de Salud.

“Teóricamente, algunos podrían decir que eso hace eficiente el proceso, porque no hay saturación en una sola oficina, y cada quien compra lo que le interesa para tal departamento, estado, unidad o institución, pero el problema es que en una sociedad saturada de corrupción esto no funciona. No sólo ha sido culpa de gobiernos o funcionarios públicos, sino propiciada desde afuera por entidades privadas: son tan corruptos los que abren el espacio como los que se benefician por la asignación de compras no justificadas”.

REMEDIO, A DISCUSIÓN. Una de las estrategias de la 4T para frenar la dispersión y la multiplicidad en contrataciones es la llamada compra consolidada, la cual consiste en agrupar bienes o insumos de características similares requeridos por distintas dependencias para adquirirlos en una sola negociación y, en la mayoría de los casos, con una misma empresa. Sin embargo, en torno a este método, hay visiones contrapuestas…

“La decisión de instaurar compras consolidadas no es capricho, sino algo planeado, atendiendo a estándares internacionales de combate a la corrupción”, justificó López-Gatell.

“Hay quien lo ha criticado, porque dicen que la compra se vuelve ineficiente y produce un cuello de botella, pero al actual gobierno le ha resultado benéfica, más allá del propósito de eliminar la corrupción, ha permitido colaboración entre las instituciones involucradas en el proceso. En Salud, antes el ISSSTE compraba por su lado, lo mismo el IMSS, que son los dos mayores compradores, y la Secretaría federal y todas las estatales, de ahí el enorme desbalancee en la calidad de la práctica médica”.

—¿Con esta fórmula aminorarán los puntos oscuros de compra?— se le preguntó.

—Sí, porque ya es una compra centralizada, pero también colegiada: no se trata de que una persona actúe discrecionalmente o en lo oscurito. En Salud, por ejemplo, lo está organizando el Consejo de Salubridad General, junto con la Comisión Coordinadora de los Institutos y grupos técnicos especializados: los mejores cardiólogos, infectólogos, ginecólogos, están revisando las evidencias científicas disponibles.

Desde otro ángulo, César Rocha, experto en contrataciones públicas, exfuncionario de la SFP y asesor de Naciones Unidas y del Banco Interamericano de Desarrollo en estos temas, expresó:

“La diversidad de instancias compradoras no es origen de todos los males ni las compras consolidadas lo resuelven todo, es un esquema copiado de Chile, pero en nuestro país las condiciones son distintas y el presupuesto ejercido aquí es muy superior. Una extrema consolidación deriva también en el nulo acceso al gasto público de pequeñas y medianas empresas, porque no tienen la capacidad de vender tanto y todo se los llevan las grandotas”.

“Otro de los riesgos es la nula competencia, por el alto porcentaje de adjudicaciones directas que provoca altos costos y baja calidad. Tenemos procesos poco competitivos en lo formal, cuando son adjudicaciones directas, y en lo informal, cuando hay licitaciones con designios anticipados de quién va a ganar”.

¿Cuáles son entonces

las propuestas?

—Uno de los modelos más positivos, respaldado incluso por organismos internacionales, es la profesionalización de los compradores públicos, que sepan lo que hacen y conozcan la regulación. Hoy se nota en esas áreas inexperiencia, lo cual se refleja en desabasto y estigmas de corrupción. Otras buenas prácticas son las sectorización de compras y la exhibición de indicadores: publicar los distintos precios a los que se compra un mismo insumo, para que al menos les dé pudor a quienes inflan.

Según el académico Rocha, quien abrió un despacho especializado en la materia, una de las pautas más vigorosas contra la corrupción en compras públicas es eficientar los mecanismos de impugnación e inconformidad previstos en las leyes y los cuales se encuentran en el ámbito de competencia de la Función Pública: “Que sea un tercero ajeno a la compra quien resuelva y que se vuelva un ejercicio eficaz e imparcial, con la corrección de ilegalidades de manera pronta”…

LO QUE DICE LA LEY SOBRE COMPRAS PÚBLICASArtículo 65. La Secretaría de la Función Pública conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública o invitación a cuando menos tres personas que se indican a continuación: I.
La convocatoria a la licitación, y las juntas de aclaraciones.
II.
La invitación a cuando menos tres personas.
III.
El acto de presentación y apertura de proposiciones, y el fallo.
IV.
La cancelación de la licitación.
V.
Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación o en esta Ley.