Opinión

Imperante necesidad de actualizar la ley de servicios sociales y prácticas ante la digitalización educativa

Imperante necesidad de actualizar la ley de servicios sociales y prácticas ante la digitalización educativa

Imperante necesidad de actualizar la ley de servicios sociales y prácticas ante la digitalización educativa

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Los planteamientos en torno a la transformación de los procesos educativos a causa de la pandemia han sido muy recurrentes desde diversas ópticas que refieren a afectaciones, retos y posibles salidas, a fin de garantizar el acceso a la educación, tanto como derecho constitucional, así como derecho humano para cada niño, niña, adolescentes, jóvenes y personas adultas.

Sin duda, el Sistema Educativo Nacional en México, como los de otras latitudes del mundo, ha hecho frente a diversas problemáticas y ha tenido que asumir nuevos roles con el propósito de frenar afectaciones al desarrollo escolar de millones de alumnos en diversos niveles de escolares.

Sin embargo, hay un tema que poco ha merecido la atención y por ende urge una solución que brinde certeza a millones de estudiantes, sobre todo de Educación Media Superior y Superior que, obligados por evitar riegos de contagio de coronavirus, cortaron o pospusieron la conclusión de un requisito indispensable para sus procesos de titulación: la prestación de Servicio Social y/o realización de Prácticas Profesionales.

En nuestro país, el Servicio Social y Prácticas Profesionales, están determinados conforme a nuestra legislación y forman parte de los planes de estudio y el diseño curricular de las instituciones educativas.

En ese contexto, la Ley General de Educación, establece que las personas beneficiadas directamente de los servicios educativos de instituciones de la Educación Superior y en su caso de Media Superior, deben prestar servicio social o sus equivalentes, así mismo, éstas preverán la prestación del servicio como requisito previo para obtener título o grado académico.

En el mismo sentido, el Servicio Social y Prácticas Profesionales son actividades de carácter temporal y obligatorio que permiten a los estudiantes llevar a la practica los conocimientos adquiridos, consolidar su formación académica, desarrollar nuevos aprendizajes y habilidades profesionales, fomentar un alto sentido de solidaridad social y de compromiso con su comunidad; así como retribuir a la sociedad los recursos destinados a la educación pública.

Son, además, un puente para acortar el espacio entre lo que sucede dentro del aula, y el ejercicio profesional.

En ese sentido más amplio, el Servicio Social y las Prácticas Profesionales son una oportunidad para aprender y conocer el mercado laboral, pues representan escenarios reales que ayudan a que los estudiantes identifiquen y desarrollen sus habilidades y competencias que deberán poner en práctica en sus futuros empleos.

Resultado de la situación que vive nuestro país, y el mundo entero, a raíz de la pandemia por COVID 19, miles estudiantes fueron enviados a sus hogares para evitar riesgos de contagios; este hecho implicó que muchos dejaran incompleto el periodo de Servicio Social, de Prácticas profesionales, y que además se hayan frenado o acumulado la obtención de títulos y exámenes profesionales.

Dependencias de gobierno, organismos públicos, sociales y privados, en apego a las disposiciones de las autoridades de Salud, para mitigar la propagación del Coronavirus COVID 19, suspendieron los convenios relativos a la participación de alumnos en espacios para Servicio Social y Prácticas Profesionales.

Ante esa realidad, algunas instituciones promovieron acciones que permitieran a alumnos y alumnas trabajar, a distancia, en actividades para completar el Servicio Social o Prácticas Profesionales, con las cuales, hasta hoy, contribuyen a garantizar la conclusión de dichos procesos. No obstante, han sido acuerdos que permiten avalar procesos con miras a la conclusión de los procesos de una carrera profesional, que carecen de una Ley que otorgue certeza jurídica.

Como una alternativa, tanto para la conclusión de un requisito académico, el servicio social a distancia debe ser considerado una opción más para continuar la formación de estudiantes y contribuir con la sociedad, aunque sea a partir de un requisito para graduarse.

Por todo lo anterior, es imperativo generar una legislación que permita y garantice la realización, de manera presencial o vía remota, del Servicio Social y/o Prácticas Profesionales y que los estudiantes puedan utilizar las plataformas digitales para cumplir con este requisito de Ley.

En correspondencia al bienestar y compromiso de los estudiantes, es indispensable que se regule el servicio social digital que ayude y garantice la conclusión de los procesos formativos, principalmente, en situaciones de emergencia sanitaria o casos de desastres naturales.

Sobre todo hoy que el desarrollo educativo está enmarcado por varias tendencias, como la globalización, la rapidez para incorporar nuevos cambios o la innovación tecnológica; las nuevas formas de distribución, la búsqueda continua de la eficiencia, la alta movilidad del recurso humano, la flexibilidad organizacional o el uso intensivo de las tecnologías de la información y la comunicación que generan nuevas formas de producción y mercados de alto valor agregado, donde el capital humano es esencial y donde los estudiantes tienen que adaptarse a nuevos procesos, que ya se vislumbraban, y que esta situación ha adelantado.