Opinión

Ley, justicia y memorándum

Ley, justicia y memorándum

Ley, justicia y memorándum

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El primero de diciembre de 2018, al tomar posesión como Presidente de la República, y de acuerdo con el artículo 87 de la Constitución, Andrés Manuel López Obrador pronunció las siguientes palabras: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen.”

En flagrante contradicción con este juramento, López Obrador emitió un memorándum, el 16 de abril, en el que ordena a la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, al secretario de Educación, Esteban Moctezuma Barragán, y al secretario de Hacienda, Carlos Manuel Urzúa Macías, que: “Mientras (se realiza) el proceso de diálogo [entre el Legislativo y los distintos sectores del gremio magisterial para derogar la llamada reforma educativa y reemplazarla por un marco legal satisfactorio, útil y funcional], las otras instancias del Poder Ejecutivo Federal involucradas dejarán sin efecto todas las medidas en las que se haya traducido la aplicación de la llamada reforma educativa.” Dicho sin rodeos: ese memorándum ordena desobedecer la Constitución. El hecho es extremadamente grave. El Presidente se pone de facto por encima de la ley.

Al día siguiente, en su conferencia mañanera, el tabasqueño defendió su decisión: “La ley es para las mujeres y para los hombres, no los hombres y las mujeres para la ley. La justicia está por encima de todo, la justicia. Si hay que optar entre la ley y la justicia, no lo piensen mucho, decidan en favor de la justicia.”

Se trata de una argumentación que no se sostiene en pie. Ese memorándum socava las bases mismas del estado de derecho y de la democracia en nuestro país.

Me explico: desde la época de los griegos se presentó la pregunta: ¿Qué es mejor, ser gobernado por un hombre o por una ley? La respuesta fue inequívoca: es mejor ser gobernado por la ley (eunomía) porque ésta no tiene pasiones, cosa que, necesariamente, se encuentra en cualquier alma humana (dismonía) (Aristóteles, Política,1281ª5).

Andando el tiempo la disputa se presentó entre el absolutismo y el constitucionalismo (rule of law); vale decir, ¿en quién se deposita la soberanía? En el rey o en la ley. Es la disyuntiva entre Rex facit legem (el rey hace la ley) o Lex facit regem (la ley crea el sistema de gobierno). El constitucionalismo es sinónimo de estado de derecho en cuanto somete el poder a la ley.

No por casualidad la fuerza militar creada por Venustiano Carranza para combatir al dictador Porfirio Díaz se llamó Ejército Constitucionalista. La idea era ésa: poner a la ley por encima del poder. Aunque, como bien sabemos, el presidencialismo creado por el Régimen de la Revolución estableció un sistema político en el que el Jefe del Ejecutivo se ubicó por encima de la norma fundamental.

Ésa fue una de las causas que provocó la lucha por la democratización en nuestro país y que se remonta, por lo menos, al Movimiento del 68: se exigió que el poder presidencial se subordinara a la Constitución. En innumerables ocasiones se oyó en las manifestaciones la demanda que clamaba ¡Justicia! En efecto, justicia como legalidad; como aplicación estricta (no selectiva) de la ley. Hacer que la justicia la dicte la ley, no el capricho del gobernante. Como decía Norberto Bobbio: “La democracia es el gobierno de las leyes por excelencia.”

Vale la pena recordar que la tratadística política y jurídica distingue dos tipos de tiranos: 1) el Tyranno ex defectu tituli (el tirano por defecto de título): el individuo que se hace del poder sin tener derecho a él, es decir, el usurpador; 2) el Tyranno ex parte exerciti (el tirano por defecto en el ejercicio del poder): el sujeto que habiendo llegado legítimamente al poder no respeta la ley; empieza a imponer su voluntad mediante decretos.

Para que eso no suceda, es preciso que el gobernante se pliegue a la norma. Una premisa fundamental, como hemos insistido aquí, es reconocer la superioridad del orden jurídico; otro es la división de poderes, así como las libertades civiles.

Ésas son conquistas que nos costó mucho alcanzar: ganamos espacios que antes estaban vetados: el disenso, la pluralidad, la prensa libre. En correspondencia, debe haber una autolimitación de quienes ocupan cargos públicos.

Ahora bien, vale la pena aclarar que la justicia como legalidad es uno de los elementos que componen el estudio de la justicia, pero no se restringe a esa sola acepción. La justicia, a lo largo del tiempo, también ha sido identificada con la garantía del orden público (Thomas Hobbes); de manera semejante, con la equidad (Jean Jacques Rousseau).

Tómese en cuenta la imagen de la diosa-justicia, Temis (Diké). Es una mujer con los ojos vendados (símbolo de imparcialidad): en la mano derecha tiene una espada (emblema del orden), en la mano izquierda tiene una balanza (que representa la equidad). Pues bien, en México faltan las tres cosas: que los gobernantes se subordinen a la ley; que se restablezca el orden público (no la militarización) y que haya equidad social (no dádivas paternalistas).

Ése es el camino para que imperen el estado de derecho y la democracia.

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