Metrópoli

Mujeres de CDMX podrán estar acompañadas durante parto

La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México adecuó diversas disposiciones de la Ley de Salud capitalina en materia de salud materno-infantil que determinan que cualquier embarazada podrá estar acompañada por una persona de su confianza durante el trabajo de parto, parto y puerperio.

Mujeres de CDMX podrán estar acompañadas durante parto

Mujeres de CDMX podrán estar acompañadas durante parto

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México adecuó diversas disposiciones de la Ley de Salud capitalina en materia de salud materno-infantil que determinan que cualquier embarazada podrá estar acompañada por una persona de su confianza durante el trabajo de parto, parto y puerperio.

En un decreto publicado en la Gaceta Oficial, la autoridad capitalina subrayó que la atención a la salud materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende "la atención humanizada a las mujeres y personas embarazadas, sin violencia ni discriminación y con enfoque de derechos humanos" durante la gestación, el alumbramiento y después del parto.

Indicó que los mecanismos son de aplicación obligatoria para que toda mujer y persona embarazada pueda estar acompañada en todo momento, por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y puerperio, incluyendo el procedimiento de cesárea.

La autoridad local señaló que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, la Secretaría de Salud capitalina establecerá las acciones para informar a estas personas el derecho de estar acompañadas por un alguien de su confianza y elección durante estos procesos de su embarazo.

Dichas acciones, apuntó, deberán incluir el procedimiento de cesárea, en las instituciones de salud públicas y privadas, las cuales deberán tomar las medidas de higiene y seguridad necesarias.

En el decreto, vigente a partir de mañana, agregó que la jefa de Gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum, contará con un plazo que no mayor a 30 días hábiles para armonizar el contenido del Reglamento de esta Ley.