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Nueva condena por abuso y no por violación desata polémica en España

Dan entre 10 y 12 años de cárcel a cinco jóvenes que violaron por turnos a una menor de 14 años inconsciente, cerca de Barcelona. Ley española sólo contempla la agresión sexual si la víctima se resiste

Dan entre 10 y 12 años de cárcel a cinco jóvenes que violaron por turnos a una menor de 14 años inconsciente, cerca de Barcelona. Ley española sólo contempla la agresión sexual si la víctima se resiste

Nueva condena por abuso y no por violación desata polémica en España

Nueva condena por abuso y no por violación desata polémica en España

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Un tribunal español condenó este jueves a penas de entre 10 y 12 años de cárcel por un delito de abuso sexual a cinco procesados por violar por turnos a una menor de 14 años en la población catalana de Manresa, en la provincia de Barcelona, en 2016.

La Fiscalía, sin embargo, los acusaba de agresión sexual al entender que la víctima fue intimidada.

En su sentencia, la Audiencia de Barcelona absuelve a otro acusado y a un séptimo hombre al que se imputaba omisión por no impedir los hechos, ocurridos durante una fiesta callejera con consumo ilegal de alcohol. Los procesados son tres españoles, tres cubanos y un argentino.

El tribunal descartó la tesis de la Fiscalía de que los procesados se valieron de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima para llevarla hasta una fábrica abandonada, intimidarla y agredirla sexualmente.

Asimismo, los jueces mostraron “sorpresa” porque el ministerio público, que inicialmente acusaba a los procesados de abusos, lo elevara a agresión sexual en sus conclusiones definitivas.

INDEFENSA. Los hechos deben ser calificados de abuso, según la sentencia, porque la víctima se encontraba “en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía” y sin poder “determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales” con los procesados, quienes no tuvieron que emplear “ningún tipo de violencia o intimidación” contra ella.

La sentencia también obliga a los condenados a pagar 12 mil euros a la víctima por las secuelas que sufrió por la situación “especialmente denigrante” para una menor que, además, “se encontraba en situación de desamparo”.

ECOS DE LA MANADA. La sentencia pone de nuevo de relieve el problema de que la ley española solo contemple poder condenar por agresión sexual en lugar de abusos sexuales cuando la víctima haya opuesto resistencia activa, cosa que la menor no pudo hacer al encontrarse inconsciente.

Por ello, este caso recuerda enormemente al escándalo de La Manada, que desató grandes manifestaciones en toda España cuando los cinco imputados fueron inicialmente condenados a nueve años de cárcel por abusos por otra violación grupal a una joven de 18 años ocurrida en 2016, en Pamplona.

Finalmente, el Tribunal Supremo elevó sus penas a 15 años al entender que sí hubo violación.