Metrópoli

Ordenan a gobiernos de la CDMX y Edomex aplicar valores oficiales para contingencias

Las contingencias ambientales deben ser declaradas cuando los niveles de contaminación superen los 100 puntos del Imeca (norma oficial), mientras que el Programa de Contingencias las activa a partir de 150 puntos Imeca.

Las contingencias ambientales deben ser declaradas cuando los niveles de contaminación superen los 100 puntos del Imeca (norma oficial), mientras que el Programa de Contingencias las activa a partir de 150 puntos Imeca.

Ordenan a gobiernos de la CDMX y Edomex aplicar valores oficiales para contingencias

Ordenan a gobiernos de la CDMX y Edomex aplicar valores oficiales para contingencias

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Un juzgado federal ordenó a los gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México aplicar, por tiempo indefinido, los valores de ozono y partículas suspendidas previstos en normas oficiales, y no los del Programa de Contingencias Ambientales.

Ayer el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa concedió la suspensión definitiva en el amparo promovido por Greenpeace, que busca que las contingencias ambientales sean declaradas cuando los niveles de contaminación superen los 100 puntos del Índice Metropolitano de Calidad del Aire (Imeca). Lo anterior aplica en las normas NOM-020-SSA1-2014 y NOM-025-SSA1-2014, mientras que el Programa de Contingencias las contempla a partir de 150 puntos Imeca.

Se informó que la suspensión definitiva del amparo 937/2019 replica el criterio de la suspensión provisional concedida el pasado 26 de junio, que ha provocado polémica y diferentes interpretaciones entre Greenpeace y el Gobierno de la Ciudad.

La suspensión definitiva puede ser impugnada por la Secretaría de Medio Ambiente capitalina ante un tribunal colegiado de circuito, pero pueden pasar meses para que se dicte sentencia en ese recurso, además de que el Poder Judicial no labora la segunda quincena de julio.

Cabe recordar que la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, afirmó que el amparo aplica indebidamente al tema de las contingencias, normas oficiales que regulan los valores permisibles para fines de protección a la salud humana.

“Ahí hay una confusión, porque una cosa es una norma ambiental y otra es una contingencia, contingencia es precisamente cuando estás en una situación extraordinaria”, planteó la Mandataria, quien rechazó que la política ambiental pueda ser fijada por una organización no gubernamental”.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) incluso anunció que se suspendían las contingencias ambientales, como resultado de esta orden judicial.