Metrópoli

Publican lineamientos de operación para bicicletas y monopatines

La Secretaría de Movilidad del gobierno capitalino publicó los lineamientos para regular la operación de bicicletas, monopatines, patinetas o ruedas eléctricas sin alclaje en la Ciudad de México.

Publican lineamientos de operación para bicicletas y monopatines

Publican lineamientos de operación para bicicletas y monopatines

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

La Secretaría de Movilidad del gobierno capitalino publicó los lineamientos para regular la operación de bicicletas, monopatines, patinetas o ruedas eléctricas sin alclaje en la Ciudad de México.

“El objetivo de los presentes lineamientos es regular la operación de los servicios que prestan las personas morales que componen los sistemas de transporte individual sustentable de la Ciudad de México, en adelante “SiTIS”, dio a conocer en la Gaceta Oficial.

En un aviso, aclaró que estos lineamientos serán revisados y actualizados con la frecuencia que se requiera para fomentar el buen funcionamiento de estos nuevos sistemas de transporte, así como defender los intereses de los habitantes.

Precisó que hasta el 15 de abril de 2019, cada operador podrá operar con hasta mil 483 bicicletas y 856 monopatines que circularán por una zona definida, integrada por calles y avenidas en las zonas de Chapultepec, Polanco, Roma, Condesa, Del Valle y del Centro capitalino.

Detalló que los SiTIS operarán de 05:00 a 00:30 horas, de lunes a domingo, durante todo el año, y no se permitirá el cobro de viajes menores a tres minutos, si el usuario reportó una falla en la unidad.

Indicó que está prohibido el uso de tarifas dinámicas para los servicios de estas unidades que sólo podrán ser contratadas con tarifas fácilmente comprensibles y claramente comunicadas a los usuarios previo a su uso y registro a través de su aplicación.

Para ello, apuntó, el operador deberá contar con un sistema informático que le permita saber la ubicación de todas sus unidades de servicio en tiempo real y ofrecer una flota de vehículos de operación adecuada para la cantidad y tipo de unidades con las que opere.

Además, tendrá ocho horas para reubicar las unidades de servicio estacionadas fuera del área de operación, siempre que no cuenten con un reporte de robo.

Determinó que las unidades de servicio deben contar con las capacidades mecánicas para su funcionamiento, con servicio con asistencia eléctrica para alcanzar los 25 kilómetros por hora, tener instalado un dispositivo para su geolocalización (GPS) para permitir su uso, recuperación y reparación, así como para la recolección de datos e investigación de incidentes de forma anónima.

En el caso de las unidades que prescindan de anclaje, dsubrayó que deberán contar con función de candado, mientras que las bicicletas mecánicas y eléctricas, adicionalmente, deberán ofrecer pedales con reflejante ámbar en la parte delantera y trasera, frenos manuales y canastilla.

De esta manera, expuso que dichas unidades podrán estacionarse en aceras cuando no haya un punto de arribo dedicado a bicicletas y monopatines en un radio de 140 metros y sólo cuando la banqueta tenga un ancho mínimo de 2.80 metros.

Mencionó que las unidades de servicio podrán estacionarse en la franja de mobiliario urbano y arbolado garantizando el paso peatonal, con un mínimo de un 1.60 metros respecto al paramento de fachada, y e caso de estar en arroyo vehicular, podrá contar con protección con bolardos.

Por el contrario, estableció que está prohibido estacionar unidades en las franjas peatonales, de fachada y acceso peatonal a predios; cruces y rampas peatonales; acceso a estaciones de transporte público masivo y semimasivo, y paradas de transporte público colectivo; emergencia e hidrantes, así como zonas de concentración o delimitadas por protocolos de protección civil.

Además, en carriles de circulación vehicular, en estacionamientos para personas con discapacidad y áreas de carga y descarga; rampas de acceso vehicular a predios; infraestructura para la movilidad y mobiliario urbano, como cicloestaciones; cajones del programa de ordenamiento del estacionamiento en la vía pública, incluyendo sitios para motocicleta y de servicios especiales.

La dependencia capitalina aclaró que los usuarios que hagan uso del SiTIS no podrán finalizar sus viajes en zonas de valor ambiental y el el operador está obligado a retirar las unidades de servicio que se encuentren estacionadas en estos espacios.

De acuerdo con el aviso, los lineamentos prevén aspectos como mantenimiento, capacitación y comunicación, la obligatoriedad del operador de contar con una póliza de seguro para cubrir desde muerte accidental hasta daños materiales y a personas.

Agregó que el operador deberá proporcionar un reporte mensual de operación a la Secretaría, con análisis cuantitativo y cualitativo, sobre los usuarios, viajes generales y temporalidad, flota, hechos de tránsito, quejas, denuncias y robos.