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¿Revocación de mandato o concurso de popularidad?

¿Revocación de mandato o concurso de popularidad?

¿Revocación de mandato o concurso de popularidad?

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Pablo Xavier Becerra Chávez*

Desde hace varios meses el presidente AMLO asegura que ganará la consulta de revocación de mandato que tendrá lugar en marzo del año próximo. Asegura que las encuestas dicen que cuenta con un respaldo de 70% para seguir en la presidencia y que por lo tanto barrerá a sus adversarios, los conservadores, reaccionarios e hipócritas en esa nueva batalla épica que asoma en el horizonte. Para él se trata de un concurso de popularidad que debe realizarse porque ya está contemplada en la constitución. Y en efecto, la figura de revocación de mandato está consagrada en el artículo 35 constitucional desde el 20 de diciembre de 2019, y en la ley reglamentaria que acaba de ser aprobada por el Congreso (DOF, 14, sept, 2021), pero no como un hecho que se debe producir forzosamente en determinada fecha, sino como un derecho que la ciudadanía puede ejercer baja ciertas condiciones.

El artículo tercero transitorio de la reforma constitucional de 2019 y el artículo 5 de la Ley de Revocación de mandato la definen como “el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza”. Por lo tanto, para que ocurra, la ciudadanía la debe solicitar y no por cualquier razón, como comprobar el grado de popularidad del presidente, sino para lograr la “conclusión anticipada”, es decir, la terminación del encargo del presidente. La revocación, a diferencia de la consulta popular que puede ser solicitada también por el presidente, solamente puede ser solicitada por los ciudadanos que consideren que el titular del ejecutivo debe dejar el cargo. Para que a fuerzas se lleve a cabo en marzo de 2022, posiblemente el presidente AMLO esté considerando pedir a sus simpatizantes, por debajo del agua, que hagan la petición y junten los apoyos necesarios, aunque les revuelva el estómago incluir en la petición el tema de la conclusión anticipada por pérdida de confianza. O tal vez el FRENAA le haga el favor. Lo cierto es que AMLO está reclamando a gritos que alguien la solicite para que pueda continuar su campaña interminable y enfrentar a los enemigos de la “cuarta transformación” en ese nuevo episodio de la epopeya que es su vida.

Pero hay un pequeño problema. El artículo 7 de la nueva ley retoma lo planteado por el artículo 35 constitucional: la deben solicitar las y los ciudadanos en un número equivalente, al menos, de 3% de los inscritos en la lista nominal de electores, que se distribuyan en al menos 17 entidades federativas, y que representen como mínimo 3% de la LNE de cada una de ellas. Con datos al 27 de agosto de este año, sobre una LNE de 91’075,370, 3% equivale a 2’732,261. Y esta cantidad de ciudadanos debe estar distribuida en 17 entidades, con 3% por entidad. No se ve fácil, pero tampoco es imposible. Si hay muchos ciudadanos que ya le perdieron la confianza al presidente, pueden hacer el esfuerzo. ¿Pero lo harán los simpatizantes del presidente, obviamente movilizados por su partido?

El tema de la pregunta despertó polémica cuando desde la Comisión Permanente se trató de forzar un período extraordinario de sesiones para aprobar la ley secundaria con la proporción de legisladores que Morena y sus aliados tenían en la legislatura anterior. Pretendían aprobar una pregunta sobre la permanencia del presidente en el cargo, pero no sobre la revocación. Ya con la nueva relación de fuerzas de la actual legislatura, el partido del presidente tuvo que negociar, de tal manera que el artículo 19, fracción V, de la ley plantea la siguiente pregunta: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?” El artículo 36 establece las respuestas posibles: a) que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza; b) que siga en la Presidencia de la República. De eso se trata, de una consulta de revocación de mandato, no de un concurso de popularidad.

AMLO dice que el INE pide mucho dinero para organizar la consulta de revocación y que seguramente lo hace para disuadir a la ciudadanía de solicitarla. Ha llegado a plantear que en un caso extremo la revocación podría hacerse por los propios ciudadanos de manera informal, como hizo sus consultas sobre el  aeropuerto y el tren maya, sin reglas y sin candados de seguridad. AMLO acostumbró hacer ese tipo de “consultas” desde la década de los años noventa, cuando era dirigente del PRD en Tabasco (y obviamente esas “consultas” siempre conducían al resultado que AMLO quería). Pero aquí estamos hablando de una revocación de mandato cuyo resultado puede ser la conclusión anticipada de su mandato, por lo que se impone el máximo de seriedad. Y la ley recién aprobada así lo asume, por lo que es el INE el que debe organizar la consulta revocatoria y difundirla por los medios a su alcance. De acuerdo al artículo 32 de la ley los partidos pueden promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato, pero no pueden usar su financiamiento para influir sobre las preferencias ciudadanas.

Además el artículo 33 establece la figura de la veda electoral, que a AMLO tanto le gusta violar. Con base en el artículo 35 el INE organizará al menos dos foros de debate en medios electrónicos. Las ciudadanas y los ciudadanos podrán dar a conocer su posicionamiento sobre la revocación de mandato por todos los medios a su alcance, de forma individual o colectiva, con excepción de radio y TV.

El resultado será vinculatorio cuando participe al menos 40% de la LNE. La revocación sólo procede por mayoría absoluta. Esto implica que deben participar al menos 36’430,148 ciudadanos, de los cuales el resultado ganador debe ser al menos de 18’215,075, es decir, la mitad más uno. AMLO se podría ir o se podría quedar, o si no se alcanza 40% de participación, simplemente se tirarían a la basura casi cuatro mil millones de pesos que costará el ejercicio. ¿Vale la pena?

*Académico del Departamento de Sociología de la Unidad Iztapalapa de la UAM.