Opinión

Sobre la dignidad humana

Sobre la dignidad humana

Sobre la dignidad humana

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy
* Ruy Pérez Tamayo

En muchos documentos de distintos tipos, todos ellos relacionados con el comportamiento moral de autoridades y de leyes, se menciona la atención y el respeto a los derechos humanos, a las libertades fundamentales y al principio universal de la justicia, así como a la dignidad humana. Desde luego que los derechos humanos son perfectamente conocidos, existe legislación internacional sobre ellos y pueden enumerarse con soltura por la inmensa mayoría de los ciudadanos; en general, cuando se mencionan, todos sabemos de qué estamos hablando, y que además estamos hablando de lo mismo. Algo semejante ocurre con las libertades fundamentales y con el principio universal de la justicia, que tienen apoyo explícito en las leyes de todos los países. Pero no puede decirse lo mismo de la “dignidad humana”. Todos estamos de acuerdo en que la dignidad humana es algo sumamente importante, aunque precisar su contenido no resulta fácil. Se trata de un concepto particularmente vago, con un sentido casi individual; mientras los derechos humanos son universales, la dignidad humana resulta ser asunto personal, o por lo menos estar sujeta, en diferentes grupos sociales, a variaciones mucho más amplias que los otros conceptos mencionados.  Lo que me interesa señalar es que el contenido de la dignidad humana no puede generalizarse al mismo nivel que los derechos humanos o el principio de justicia, porque forma parte de las tradiciones y de las costumbres de las distintas culturas, cuya pluralidad a todos nos interesa conservar. Manejar a la dignidad humana como si se tratara de un concepto paralelo a los derechos humanos, a las libertades fundamentales o al principio de justicia, con el mismo grado de generalidad, sería convertirla en una entidad prácticamente vacía porque habría que despojarla de su principal característica, que es precisamente la heterogeneidad. Lo que yo considero como esencial para mi dignidad como ser humano puede no coincidir (de hecho, estoy seguro que no coincide, por lo menos en muchos aspectos) con lo que exige la dignidad humana de un campesino tibetano, de un estudiante de filosofía argentino, de un policía de tránsito mexicano o de un miembro de los Marines del ejército de los EU. La dignidad humana es esencialmente individual, personal, está formada por conceptos y percepciones adquiridos a través de la vida y de la experiencia privada de cada uno de nosotros; en mi concepto, en vez de ser una categoría universal kantiana, más bien es lo que cada sujeto siente y piensa de sí mismo, lo que está dispuesto a aceptar en su propio comportamiento y el de los demás para conservar el respeto por su persona.

Quizá una de las situaciones en que mejor se aprecia la heterogeneidad del concepto de dignidad humana es ante la muerte. Todos deseamos una muerte digna, pero mientras unos rechazan el suicidio como indigno otros lo consideran una opción aceptable; mientras unos piensan que la eutanasia voluntaria es preferible a una agonía dolorosa, prolongada, costosa e inútil, otros se aferran a “hacerle toda la lucha hasta el final”, porque consideran indigno rendirse sin pelear. Otra situación, menos dramática que la muerte pero igualmente reveladora del carácter primariamente individual de la dignidad humana es la “mordida”, término vernacular para el soborno: el policía que solicita dinero para no levantar una infracción al conductor de un automóvil que se pasó un alto es menos digno que el que rehusa la oferta de “arreglarse” hecha por el chofer, que a su vez es menos digno que el conductor que rechaza dar “mordida”  y acepta que le levanten la infracción. El punto no es quién tiene razón, sino la gran heterogeneidad del contenido del concepto de la dignidad humana.

Naturalmente que la dignidad humana debe respetarse, pero este respeto no es a una propiedad específica o característica legal y universal del sujeto, sino a sus derechos, a su autonomía y a su libertad, y también a su historia, a sus creencias y a su ambiente social y familiar. Cuando las circunstancias permiten que el ser humano actúe con pleno ejercicio de sus derechos y con completa libertad, de acuerdo con su conciencia, sus creencias y sus tradiciones, sus usos y costumbres, y sin interferir con los derechos y la libertad de acción y pensamiento de los demás, puede decirse que también se está respetando su dignidad, aunque en mi concepto ya se estará agregando muy poco.

* Profesor Emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México

Miembro de El Colegio Nacional y de la Academia Mexicana de la Lengua

Ruy Pérez Tamayo.