Opinión

Transparencia, rendición de cuentas y democracia

Transparencia, rendición de cuentas y democracia

Transparencia, rendición de cuentas y democracia

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Reflexionar sobre la trascendencia del papel de la transparencia, como un mecanismo de la rendición de cuentas, y ambos como engranes fundamentales del vigor de la democracia debe tomar en consideración la coyuntura y ciertos aspectos relevantes. Tal vez el punto de partida crucial, para ubicar el tema, es que México ha vivido una larga transición a la democracia inconclusa, porque los cambios institucionales que han permitido la alternancia política son insuficientes para considerar que se encuentra consolidada, pues la ausencia de un estado de derecho robusto y un mínimo de equidad social y económica continúan siendo deficitarias. Todos ellos son ingredientes indispensables para definir a una democracia como consolidada.

Lo primero a considerar es que la transparencia y la rendición de cuentas son instrumentos de control del poder a través del ejercicio de los derechos ciudadanos a tener acceso, a buscar, a recibir y difundir información e ideas de cualquier índole. Lo segundo es la protección de los datos personales para evitar la afectación de la esfera de libertad de la población por parte del Estado o de particulares.

Algo poco estudiado y, tal vez hasta desdeñado, es que la transparencia como mecanismo de control del poder tiene dos vertientes, el del acceso y el del ejercicio del poder. El territorio de la vigilancia del acceso al poder es el de la competencia electoral. El cual inició su camino a partir de la reforma electoral 1989-1990, cuando se establecieron las primeras reglas sobre la fiscalización a los partidos, las cuales pegaron un salto relevante con la reforma de 1996, hasta arribar a la reforma de 2014, cuando se creó un nuevo modelo de fiscalización nacional y se convirtió a los partidos políticos en sujetos obligados directos de la transparencia.

En un principio el objetivo esencial de la transparencia electoral era contribuir a la equidad en la competencia por los cargos públicos, pero al paso del tiempo se establecieron reglas para transparentar aspectos esenciales de su vida interna y velar por los derechos de los militantes y el derecho ciudadano a conocer la actividad partidaria esencial. En el proceso de transición a la democracia, los mecanismos de control de acceso al poder vía la transparencia son previos en más de una década a la construcción de la normatividad y de las instituciones de control del ejercicio del poder.

En el espacio de la transparencia el camino ha sido largo, desde la inicial disposición constitucional de 1977 hasta la primera ley de Transparencia en 2002 con la creación del IFAI, la reforma constitucional de 2007 en la cual se establece como principio rector de la transparencia la máxima publicidad y se otorga, a los ciudadanos, sin restricción alguna el acceso a toda la información pública y sólo excepcionalmente se reserva alguna, hasta arribar a las reformas constitucionales y legales de 2014, que dieron plena autonomía y transformaron al IFAI en INAI y convirtieron la transparencia en un sistema nacional y en parte del engranaje de combate a la corrupción.

El día de hoy la institucionalidad en el ámbito de la transparencia es robusta. Existen treinta y dos instituciones locales en la materia y a nivel federal el INAI articulados en el Sistema Nacional de Transparencia. El andamiaje jurídico es amplio y garantista. Están vigentes las leyes generales y federales de transparencia y Acceso a la Información Pública y la de Protección de datos personales y sus respectivos reglamentos. Además, ya se cuenta con la Ley General de Archivos.

La deficiencia jurídica que podemos encontrar es la redundancia normativa en las diversas disposiciones. La reiteración no es un elemento que contribuya a una divulgación asertiva de los derechos establecido en la ley. El centralismo es una visión predominante en la clase política, la legislación de transparencia y protección de datos no es la excepción. La facultad de atracción es un buen ejemplo. El caso más relevante es el de la atracción, por el INAI, de los asuntos del Instituto de Transparencia de la Ciudad de México, porque la Asamblea Legislativa no elegía a los comisionados. Un agravante sin duda es que la decisión del INAI no cumplió los requisitos establecidos en la propia ley para realizar la atracción.

La reciente resolución sobre el caso del programa espía “Pegasus” es relevante, porque demuestra que la transparencia es un camino para la rendición de cuentas. Pero el tiempo que llevó la verificación fue de diez meses. En este punto es relevante valorar, en general, los tiempos establecidos en la legislación para desahogar los procedimientos con el fin de hacer más expeditas las resoluciones.

Los objetivos esenciales del INAI son: Primero, velar por el derecho de la población al acceso a la información pública, proteger los datos personales, donde los derechos ARCO (acceder, rectificar, cancelar y oponer) son la piedra angular. En estos casos el INAI cumple una función jurisdiccional, pues resuelve los recursos de los ciudadanos cuando valoran que sus derechos han sido vulnerados. Segundo, convertirse en un difusor y promotor de la transparencia. Tercero abrir los espacios gubernamentales para consolidar un gobierno abierto. En estos dos últimos aspectos es relevante la acción del Sistema Nacional de Trasparencia. Estas responsabilidades desembocan de manera natural en el fortalecimiento del Estado de derecho, sin cuya vigencia no hay democracia posible.

Vale la pena valorar qué acciones debe llevar adelante el INAI para tener la confianza ciudadana y capear los vendavales políticos. El INAI, y todas las instituciones de transparencia locales, deben ser urnas de cristal. Deben poner el ejemplo en el ejercicio de la transparencia proactiva. Desde la perspectiva organizacional el INAI debe llevar a cabo una reingeniería organizacional, para eliminar duplicidades, actualizar el catálogo de cargos y puestos, y establecer el servicio profesional en la institución.

El INAI es una institución autónoma del Estado que se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad. En consecuencia, tiene como función y responsabilidad coadyuvar a la gobernanza del país. En el ámbito de su competencia debe señalar y, en su caso, sancionar, sin filias ni fobias ni temor, las deficiencias, de los sujetos obligados. Enmendar deficiencias y combatir la corrupción preventivamente por medio de la transparencia fortalecerá sin duda a la República.

En síntesis, ésta es mi visión sobre el papel que tiene que jugar la transparencia social y políticamente y, acerca de cambios que deben hacerse en el INAI para mejorar su desempeño. He expuesto estas ideas, porque serán la que expondré mañana cuando, las comisiones unidas de Anticorrupción y Transparencia y de Justicia del Senado, me entrevisten, pues aspiro a ser Comisionado del INAI.

Esta pretensión es respaldada por una trayectoria profesional como profesor e investigador universitario y servidor público en el ámbito electoral. Sin dejar de lado mi paso por la militancia partidaria, he participado en el nacimiento del IFE, del Instituto Electoral del Distrito Federal, del Consejo de Información Pública del Distrito Federal y del INE. Lo que puedo decir sobre mi persona es que he transitado por la vida con honradez, dignidad y congruencia con la causa de transformar al país en beneficio de su población.

*Profesor UAM-I

@jsc_santiago

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