Opinión

Nuevamente de trabajadoras del hogar y seguridad social

El pasado 16 de noviembre del 2022 se publicó una reforma a la Ley del Seguro Social en la que se “aclaró” el tratamiento de las trabajadoras del hogar que incluyó un capítulo para la definición de lo que se entiende como tal y la fijación de las obligaciones de las personas empleadoras y se corrigieron algunos errores técnicos de la modificación a ese ordenamiento para incorporarlas al régimen obligatorio en 2019.

Un poco de historia. La película Roma, ganadora del León de Oro y tres Óscares, movió conciencias y abrió el espacio para la demagogia. Este filme se estrenó en 2018 en el Festival de Venecia y el año siguiente ya había provocado una reacción derivada de una sentencia de la SCJN en la que se ordenó el IMSS diseñara un programa piloto para la afiliación al régimen obligatorio de las personas trabajadores al hogar y en julio del 2019 se les incorporó por ley a ese régimen con lo que se les otorgó el mismo trato de cualquier trabajador.

Esto aparentemente benefició a este tipo de personas trabajadoras, que en un 66% son mujeres, pero en realidad sólo hizo más costoso su aseguramiento por incluir el pago de protecciones que por la naturaleza del trabajo que desempeñan no corresponde. La incorporación voluntaria era menos costosa que la obligatoria, pero se obtenía el beneficio de que se suprimía el pago anticipado. Esto lo expongo en el libro “Las crisis no superadas de la Seguridad Social” de Burgoa editores, donde queda evidenciado que esa no es la estrategia para dar más prestaciones a más de dos millones de personas marginadas de la cobertura directa del seguro social.

El 21 de octubre de 2020, inició la fase II del programa piloto, que consistía en que cada empleador realizara la inscripción de la persona trabajadora del hogar y el pago de las cuotas de manera individual. Esto facilitaba el aseguramiento y cualquier persona podía inscribirse a este esquema sin mayores formalidades.

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¿Tres años después que pasó? Lo previsible. Para junio del 2022 las personas trabajadoras inscritas eran menos de 50 mil, según los informes del IMSS, y a ese ritmo de 15 mil nuevos afiliados al año deberían transcurrir más de un siglo para cubrir a la totalidad, es decir, la justicia social podía esperar entre 5 y 6 generaciones. Un dato interesante: el 57% de los incorporados tenían más de 51 años de edad.

La narrativa de supuesto éxito de esta estrategia para aumentar la cobertura consiste en compararla con el esquema de incorporación voluntaria de las personas trabajadoras del hogar, que tampoco fue un programa adecuado para su protección. La estrategia de mejora y ampliación de los beneficios de la seguridad social debe partir de la desvinculación del financiamiento de ésta de la nómina de los patrones o empleadores, es decir, la reducción de las aportaciones de la seguridad social lo que fomenta el empleo formal y el aumento de los impuestos generales.

Si el esquema es exitoso ¿por qué reformarlo? La exposición de motivos no es suficiente para entenderlo. Hay que leer entre líneas.

La reforma consiste en señalar quienes son personas trabajadoras del hogar excluyendo a quienes realizan trabajos en forma ocasional y esporádica y aquellas que aporten un beneficio económico directo al prestador. La inclusión de esta definición permite inferir que se estaban incorporando al régimen personas que no eran trabajadoras del hogar, sino que se estaba simulando un tipo de relación laboral para obtener una ventaja en fraude a la ley.

La modificación regresa a la posibilidad del pago anticipado para la prestación que surja la protección de la persona trabajadora y exige que la aportación se haga con base en el salario mínimo integrado para la Ciudad de México. Esto último complica la incorporación de quienes trabajan por día en varios hogares. De esto se infiere que el esquema de aseguramiento es deficitario y hay que ponerle “candados”.

Lo que más llama la atención es que una de las causales de la terminación del aseguramiento es la simulación de la relación laboral (art. 239-D), que permite inferir que el incremento de la afiliación está vinculado con la incorporación de familiares o amigos enfermos mayores a 51 años que no son personas trabajadoras del hogar que obtiene un seguro de salud accesible, menos costoso y riesgoso si la simulación se diera en un patrón dedicado a actividades empresariales.

Otra consecuencia de la reforma es que es aconsejable a la persona empleadora de este tipo de trabajo que consulte a un contador para cumplir correctamente en razón a que se le imponen nuevas obligaciones. El único beneficio es que el IMSS será quien determine cuanto pagar con los datos que proporcione el empleador, quien deberá hacer las retenciones correspondientes con todo lo que ello implica. Las personas trabajadoras del hogar no ganan, otra vez pierden.

Esto es un éxito, conforme a la narrativa de las autoridades.

Investigador del Instituto Mexicano de Estudios

Estratégicos de Seguridad y Defensa Nacionales

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