Opinión

La Protección de Datos Personales ante la implementación de Tecnologías de Geolocalización, para la contención y atención del COVID

La Protección de Datos Personales ante la implementación de Tecnologías de Geolocalización, para la contención y atención del COVID

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

En el proceso de contención y atención de SARS-CoV-2, el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC´s), ha sido un elemento importante debido a su accesibilidad y amplio alcance en los diversos sectores de la población, destacando que gobiernos y empresas han desarrollado e implementado aplicaciones informáticas (App´s) de geolocalización, que permiten identificar o describir la ubicación física o virtual de objetos y personas, que resultan de fácil acceso al ser compatibles con equipos de cómputo y dispositivos móviles, cuyo objetivo es identificar las personas portadoras del virus (Covid-19) y aquellas con las que hayan interactuado, para una mayor efectividad en la lucha contra la pandemia.

Ahora bien, el uso de las App´s de geolocalización implica un riesgo para la privacidad de los usuarios, considerando que los datos que se obtienen requieren de una mayor protección al ser datos relativos a su salud; por tanto, se identifica una colisión entre el derecho a la vida y el derecho a la privacidad, como derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Federal, a fin de ponderar y determinar el consenso entre ambos derechos, de manera que coexistan para favorecer en todo momento la dignidad e integridad de las personas. Aunado a lo anterior, en palabras de la especialista Manuela Battaglíni, Directora de la Transparent Internet, se puede acceder a ambos derechos en el momento en que los datos personales sean sometidos a tratamiento, bajo los principios de proporcionalidad y necesidad; para lo cual, la intervención de las autoridades en materia de protección de datos personales de los países, resulta fundamental para verificar que las App´s de geolocalización cumplan con la normatividad aplicable y específicamente con las finalidades de tratamiento para garantizar la salud y privacidad de las personas.

En este sentido, es preciso mencionar que en España se divulgaron a través de las redes sociales de vecinos de algunos condominios, los datos de salud de personas contagiadas por el virus, con la finalidad de evitar el contacto y recibir atención médica inmediata, precisando que dicha acción corresponde a un modelo descentralizado, ya que no interviene el gobierno a través de la aplicación de políticas públicas y es responsabilidad de los ciudadanos acudir a las instituciones de salud e implementar las medidas de contención como el aislamiento voluntario y la posible intervención de instituciones de seguridad pública. Por el contrario, el modelo centralizado consiste en la aplicación de acciones de contención del virus, cuyo seguimiento y monitoreo se encuentra a cargo de las instituciones del gobierno, especialmente del sector salud e instituciones de seguridad pública, que intervienen en la identificación de contagios, la aplicación de medidas sanitarias y demás actividades como el distanciamiento social; lo anterior, para determinar la imposición de sanciones y evitar la propagación del virus.

Bajo este contexto, el profesor de economía internacional en el Graduate Institute of International and Development Studies en Ginebra, Richard Baldwin, señala que la cuarentena como medida de contención, representa un imperativo moral frente a la pandemia, atendiendo a que los países pueden asumir los costos del confinamiento y los rescates financieros para proteger la economía. Es decir, se genera un dilema entre la vida de las personas y los efectos económicos de la cuarentena al propiciar crisis de deuda; para lo cual, se plantea una doble curva en la que, por un lado se aprecia la parte de la salud y por otra, la parte económica. Por tal motivo, actualmente en México la implementación de las acciones para atender el fenómeno de las curvas epidémica y económica deben considerar su efecto proporcionalmente inverso, ya que al realizar acciones para atender la curva epidémica, estás podrán hacer que la curva económica aumente y al implementar acciones para disminuir la curva económica, estas podrían causar aumentos en la curva epidémica; para lo cual, deberán implementarse mecanismos que permita aplanar de manera armónica ambas curvas “Reto por demás mayúsculo para armonizar derechos fundamentales en México” (salud, privacidad y economía).

*Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México