Los secretarios de Estudio y Cuenta del magistrado Miguel Covián Andrade, Ulises Valencia Gordillo y José Juan Torres Tlahuizo negaron mediante una carta aclaratoria tener otra actividad diversa a la que desempeñan en el Tribunal Electoral del DF.
En ella aseguran que durante el desarrollo de su vida profesional han observado en todo momento normas éticas y legales inherentes a su profesión, motivo por el cual solicitaron especificar diversos puntos.
Los cuales son: que se mencione la ubicación exacta del lugar de su despacho, medios de prueba que acrediten han dado trámite alguno como abogados y que se especifique el nombre de sus clientes y casos electorales.
Lo anterior luego de que Crónica diera a conocer estos hechos como parte de una investigación que se realiza en la Contraloría Interna.
Al respecto, este medio realizó un recorrido en el despacho donde ambos funcionarios laboran, cuyo nombre es “Valencia y Asociados”, el cual se ubica en el número 11 de la calle Durango de la colonia Roma en el despacho 3.
Ahí una persona de edad avanzada se identificó como el licenciado Vélez, tras informar que el licenciado Torres Tlahuizo se encuentra todos los días por las mañanas.
En tanto que en el caso de Valencia Gordillo, este funcionario aparece en la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la lista de notificaciones como representante legal de un caso.
El expediente es 01573/2009-00 de fecha 12 de agosto del 2009, es decir cuando aún se estaban resolviendo los recursos de impugnación en el TEDF respecto al proceso electoral de este año.
Además de las investigación de la Contraloría sobre este tema, se cuenta con un testimonio grabado del señor Mario Camarena, quien identifica a Ulises Valencia como su abogado en un pleito legal por los derechos de autor.
Incluso detalló que el juicio aún no termina y que ha pagado 30 mil pesos a esta persona.
Por otra parte se cuentan con copia simple de la lista de entradas y salidas del TEDF en donde se muestra que dichos funcionarios asisten a su área de trabajo un promedio de dos horas y en ocasiones hasta menos.
Cabe señalar que en el artículo 198 del Código Electoral del DF se especifica que quienes ocupan ese tipo de cargos no podrán ejercer funciones de apoderados legales mientras laboren en el TEDF.
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