Metrópoli

Hasta 20 años de prisión a quienes talen árboles en Suelo de Conservación de CDMX

La sanción por el delito de tala era de dos a 10 años de prisión y ahora es de seis a 20 años de prisión; mientras que la multa era de mil a 5 mil Unidades de Medida y Actualización y ahora es de 6 mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización vigente

Foto: Sedema

Foto: Sedema

La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la Ciudad de México anunció que ahora, las personas que derriben, talen, destruyan o provoquen la muerte de uno o más árboles en Suelo de Conservación, Áreas Naturales Protegidas o Áreas de Valor Ambiental se enfrentarán a sanciones severas, incluyendo multas económicas y hasta 20 años de prisión.

Esta medida se hace posible gracias a la entrada en vigor del Decreto por el que se modifica el artículo 345 Bis y se adiciona el artículo 346 Bis, ambos del Código Penal para el Distrito Federal. El decreto fue firmado por el jefe de Gobierno, Martí Batres, y publicado el pasado viernes 6 de octubre en la Gaceta Oficial número 1208.

Sanciones para proteger el medio ambiente

El decreto establece una multa económica de 6 mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización vigente (UMAs) y de seis a 20 años de prisión para aquellos que dañen los árboles en las áreas mencionadas.

Además, se impone la misma pena de prisión a quienes ilícitamente comercien, almacenen, transformen o distribuyan madera en rollo, astillas, carbón vegetal u otra materia prima forestal. La sanción económica para estos actos va de 10 mil a 15 mil UMAs. En casos donde los infractores sean servidores públicos o beneficiarios de programas sociales de protección al medio ambiente, la pena de prisión aumentará en una mitad.

Es importante destacar que el uso de leña o material leñoso sin proceso de transformación, en volúmenes menores a medio metro cúbico, para consumo doméstico o elaboración de productos artesanales, no será sancionado.

Protección a los ecosistemas

El decreto también establece sanciones para quienes cometan ecocidio, causando daño grave al ambiente por la emisión de contaminantes, la realización de actividades riesgosas o la afectación de recursos naturales en la Ciudad de México. En tales casos, se impondrá una pena de cinco a 12 años de prisión y una multa de 5 mil a 10 mil UMAs.

Las penas aumentarán en un tercio cuando el ecocidio sea cometido en Áreas de Valor Ambiental y Áreas Naturales Protegidas. Además, los infractores deberán compensar y reparar el daño, conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Constitución Política capitalina. 

Preservando el entorno natural

Desde el año 2019, el Gobierno de la Ciudad de México ha realizado esfuerzos para preservar y proteger el Suelo de Conservación, que alberga una parte significativa de la biodiversidad del país. Estos esfuerzos incluyen la plantación de millones de árboles y plantas, la restauración de áreas afectadas y la promoción de la sensibilización ambiental entre los ciudadanos.

Gracias a estas acciones, se han establecido más de 43 millones de árboles, arbustos y cubresuelos desde 2019, con casi 30 millones de ellos en Suelo de Conservación. Esto ha contribuido a aumentar la cantidad de áreas verdes por habitante de 14.5 m2 en 2018 a 19.4 m2 en 2022.

Además, el aumento en la producción de los viveros ha sido fundamental para este logro. En 2018, los viveros de la ciudad producían 308 mil plantas al año, mientras que en 2022, la producción anual alcanzó 10.8 millones.