Metrópoli

La capital es de las pocas entidades que castiga la elaboración del contenido sexual con IA, aunque un juez absolvió a Diego “N” de ese delito

Leyes capitalinas son las más duras para castigar violencia digital, pero falta perspectiva de género: especialista

PJ Juzgados donde se llevó a cabo la audiencia. (Jorge aguilar)

Especialistas en derecho penal aseguran que la Ciudad de México es la entidad donde se colocan la mayor cantidad de calificativos y verbos en las Leyes para castigar la modificación de imágenes con fines sexuales, por lo que señalan a la autoridad de no actuar con perspectiva de género, esto luego de que el pasado cuatro de diciembre, un juez decidió absolver al joven de las acusaciones emitidas por dos de las ocho víctimas de Diego “N”, exalumno del Instituto Politécnico Nacional (IPN) que alteró sexualmente las fotografías de miles de mujeres para venderlas mediante la red social Telegram.

En entrevista con Crónica, la abogada Marcela Torres explicó que la redacción de la “Ley Olimpia” en el Código Penal de la Ciudad de México es adecuada y equivalente al delito que Diego cometió, cuando la normativa dice “quien videograbe, audio grabe, filme o e labore, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona si su consentimiento o mediante engaño".

Sin embargo, uno de los problemas es que las víctimas se reconozcan, dado que como es un delito que se persigue de querella, se requiere que las afectadas acudan a la Fiscalía a denunciar, a diferencia de otros delitos como pornografía infantil, que no se necesita que los menores que aparecieron en las imágenes alteradas por Diego acudan al Ministerio Público.

“El juez no consideró analizar las pruebas con perspectiva de género, porque uno de los criterios que ha dicho la Corte es que el dicho de la víctima es preponderante, si va vinculado con otras pruebas, en sentencia de que Diego fue quien las elaboró, ese es el verbo que está en el tipo penal de la Ciudad de México, cuando hablamos de imágenes íntimas creadas con Inteligencia Artificial, dice en el Artículo 181 Quintus elaborar contenido real o simulado".

“El problema no es en la Ley, ni en la redacción del Código Penal de la Ciudad de México, hay tipos penales en otros estados que están redactados de manera diferente y particularidades complejas de acreditar, por ejemplo, en Aguascalientes dice ‘que tenga la intención de dañar', eso es un elemento subjetivo que está dentro del sujeto agresor, difícil de acreditar, pero en el de la capital no tenemos eso, se habla de que son muchos verbos, pero cada uno de ellos ha ayudado a que víctimas tengan justicia".

CDMX es el estado que castiga la elaboración de las imágenes sexuales con IA

En Puebla, donde la violación a la intimidad sexual únicamente dice: “divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido erótico sexual", no menciona la elaboración.

También, en Oaxaca la violación a la intimidad sexual dice: “divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido erótico sexual", tampoco considera la elaboración.

En Nuevo León tampoco se castiga la fabricación del contenido: “obtenga, exponga, distribuya, difunda, transmita, comercialice, intercambie, comparta imágenes, audios o vídeos de contenido erótico, sexual o pornográfico reales o simulados sin el consentimiento", se lee en su jurisdicción.

Asimismo, en Yucatán, Guanajuato, Baja California, Morelos y Durango, por igual solamente se castiga a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, en el último estado solamente se añaden los verbos “compile, comercie, solicite, haga circular, oferte”.

Por ejemplo, Torres recordó que ‘ser grabada sin consentimiento’, que se describe en el Código Penal de la Ciudad de México no está en otros estados, en tanto, en el interior de la República el agresor puede ser acusado hasta que se acredita la difusión del contenido ilegal.

Así fue el caso de un maestro en Puebla, quien grababa a alumnas con una cámara escondida en el zapato y a pesar de que varias personas lo descubrieron e intentaron su aprehensión, la normativa de ese estado explica en uno de sus verbos principales es difundir, no grabar y fue hasta que el Poder Judicial y la Fiscalía local buscó manejar el caso mediante perspectiva de género, se pudo vincular a proceso por acoso sexual.

“La perspectiva va desde conocer que somos víctimas y que lleva cierta complejidad, porque si bien protege a mujeres y hombres, son las mujeres las que resultan más afectadas. Un criterio de la corte dice ‘la declaración de la víctima resultará de valor preponderante siempre que sea verosímil, se corrobore con cualquier otra prueba y no existen otras pruebas que resten credibilidad'. La contraparte no ofreció pruebas y había otras verosímiles que el iPad lo tenía en su posesión".

Hacia la presunta mala decisión del juez, Marcela Torres expone que es hasta la Suprema Corte donde las víctimas encuentran una instancia en la que encuentran justicia, ya que en las primeras audiencias no se estudia con perspectiva de género. “La justicia tardía no es justicia".

“No quiero satanizar a un solo juzgador, como cuando se tipificó el delito de feminicidio, les costó a los juzgadores verlo con perspectiva de género, les falta visión. La Fiscalía de la capital es la única que tiene una unidad especializada en atención a víctimas de filtración de imágenes íntimas, que es delito contra la intimidad sexual, han estado más capacitados que en otros estados, en Chihuahua, como se tiene la unidad dentro de las Fiscalías a la mujer, a los hombres les dicen que no van ahí“.

La abogada detalló que en el Código de la Ciudad de México, el delito de pornografía infantil también sanciona quien almacene el material, por lo que en el caso de Diego “N” no se tendría que acreditar el testimonio de la víctima para imputarlo, pues basta con que el Ministerio Público haya observado los datos de prueba.

Aplazan audiencia de tercera víctima de Diego “N”, defensa no estudió la carpeta

Un juez decidió aplazar la audiencia inicial de Diego “N', en la cual pudo haber sido a imputado por la tercera víctima de las que modificó sus fotografías con Inteligencia Artificial para que parecieran desnudas.

La audiencia se pospuso debido a que l defensa de Diego “N” no estudió la carpeta de investigación, por lo tanto, solicitó su derecho a una prórroga, con la finalidad de proteger a su cliente adecuadamente.

Este lunes, Diego “N”, fue trasladado a los juzgados de Doctor Lavista en la colonia Doctores, ya que las seis víctimas restantes no desisten de su intento por hacer justicia y señalar a quien violó su intimidad. Lejos de haberse derrotado por la sentencia del juez Francisco Salazar, el cual dijo que no se podía comprobar que el hombre había alterado las fotografías; a las diez de la mañana una alumna de 21 años comenzó su lucha.

Aunque esta vez no asistieron colectivas feministas como en las audiencias celebradas en el Reclusorio Oriente, pero sí acudieron otras víctimas a acompañar a la joven. La audiencia no duró más de 10 minutos, la abogada de las mujeres, Valeria Martínez, mencionó que la jueza suspendió el acto debido a que “la defensa no estaba impuesta de la carpeta para que ellos tengan una defensa adecuada y puedan estudiar la carpeta”. Por lo tanto, el 19 de enero a las 10:00 horas se reanudará.

“El día de hoy teníamos que decirle a la jueza que había elementos suficientes para poder iniciar un nuevo juicio en contra de Diego. La apelación (por los primeros dos casos) todavía la estamos haciendo, tenemos tiempo para presentarla. En la sentencia pasada el juez determinó que sí se acredita la comisión del delito, es decir, que sí se hizo ese delito. que las chicas son víctimas, pero al final el juez Francisco decide que no son suficientes los elementos para finarle una responsabilidad a Diego, es por eso que se le deja en libertad".

“Es importante que sepan que a Diego no lo absuelven por inocente, sino porque le juez valora que no hubo pruebas suficientes, es algo muy diferente”,

Martínez aclaró que la carpeta de investigación que el joven tiene por pornografía infantil no está ligada a los casos de las alumnas, ya que cuando el Ministerio Público revisó el iPad de Diego, haló contenido sexual de menores de edad.

La víctima por el caso de la tercera víctima reveló que el IPN no les ha brindado ningún apoyo a las agredidas, inclusive señaló que la institución las ha perjudicado.

“Estaría en mi escuela, a veces es muy complicado venir a estas audiencias o apoyar a las compañeras porque en mi escuela me han afectado o inclusive reprobado de materias, porque no han entendido que no quisiera estar en esta situación, pero ahorita la exponerlos pueden apoyarme, porque es lo que estoy pidiendo, nada más que s eme apoye".

Además, la joven resultó lesionada por el colectivo “No más Presos Inocentes", apoyadores de Diego, cuando en la audiencia del 27 de enero, le lastimaron las costillas cuando entraba al juzgado.

“Me sumieron dos costillas y tengo otra lastimada, me duele bastante, pero tengo que seguir viviendo por mí y por todas mis compañeras. Queremos justicia, tenemos confianza“.

Respecto a la actitud de su agresor durante la audiencia, compartió:" es burlona, estaba muy tranquilo como si él no hubiera cometido nada, cuando claramente cometió un delito, da impotencia entrar y verlo tan sonriente".

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