
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) definió las actividades que podrán llevar a cabo las personas observadoras acreditadas durante la jornada anticipada de opinión de la Consulta de Presupuesto Participativo 2025, especialmente en lo referente a sectores vulnerables como personas en estado de postración y en prisión preventiva.
Dado que estas modalidades de participación requieren condiciones particulares de logística y supervisión, el Instituto publicó el documento “Personas observadoras electorales. Consideraciones para las Modalidades de Opinión Anticipada de la Consulta de Presupuesto Participativo 2025”, en el cual se detallan los lineamientos que deberán seguir quienes estén acreditados como observadores.
Observación en centros penitenciarios, con autorización previa
Las personas observadoras podrán presenciar las actividades de recabación de opinión en centros penitenciarios, siempre que cuenten con la autorización expresa de la autoridad competente en materia de seguridad ciudadana y penitenciaria. Durante su presencia, deberán acatar estrictamente los protocolos de seguridad y confidencialidad establecidos por el IECM, además de ajustarse a las restricciones emitidas por las autoridades penitenciarias.
En estos espacios, los observadores podrán verificar que se respeten los principios de legalidad, equidad, imparcialidad y certeza, así como observar la instalación de las Mesas Receptoras de Opinión (MRO), el uso adecuado de los materiales, y la interacción del personal electoral con las personas participantes. También estarán facultados para tomar notas y registrar sus observaciones en informes que deberán presentar al Instituto conforme a los tiempos y lineamientos que determine el Consejo General.
Límites a la participación y reglas de comportamiento
Las personas observadoras no podrán intervenir, dirigir ni realizar actividades propias del funcionariado electoral, como la entrega o recepción de formatos, ni orientar sobre la emisión de la opinión.
Tampoco podrán portar símbolos, emblemas, distintivos o imágenes relacionadas con partidos políticos, posturas ideológicas o proyectos específicos incluidos en la Consulta.
Será motivo de sanción cualquier acto que implique ofensa, difamación o calumnia contra autoridades electorales o penitenciarias.
Asimismo, estará prohibido realizar entrevistas, tomar fotografías o grabaciones de las personas participantes —ya sea en estado de postración, en prisión preventiva o del funcionariado— salvo que exista consentimiento expreso y se respeten las disposiciones de protección de datos personales y derechos humanos.
Las personas observadoras deberán también abstenerse de emitir juicios de valor sobre los proyectos, las personas proponentes o las autoridades responsables, y deberán solicitar, en su caso, información a los órganos desconcentrados del IECM sin invadir datos reservados o confidenciales.
Jornada anticipada del 4 al 14 de agosto
Este año, la jornada anticipada de opinión se llevará a cabo del 4 al 14 de agosto. Durante ese periodo se recogerán las opiniones de la ciudadanía en general, de quienes residen en el extranjero, así como de personas en estado de postración y en prisión preventiva, bajo condiciones especiales que buscan garantizar su derecho a participar en los asuntos públicos de su comunidad.
El IECM reiteró que estos mecanismos de participación buscan ser inclusivos y fortalecer la democracia directa en la Ciudad de México, por lo que la observación ciudadana juega un papel crucial para fortalecer la confianza en el proceso y garantizar su transparencia.