
En el Congreso de la Ciudad de México se analiza una propuesta para reforzar la prevención, control y reducción del ruido, debido a que en varias zonas de la Ciudad de México se registra ruido de 85 decibeles en promedio, cerca de 20 por arriba de lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para entornos saludables.
La legisladora promovente de la iniciativa, Claudia Montes de Oca, del PAN, detalló que el objetivo de la propuesta es proteger la salud física y mental de los habitantes de esta urbe, particularmente su descanso, tranquilidad y calidad de vida.
La legisladora comentó que la propuesta también busca redefinir el concepto de contaminación acústica.
Explicó que la contaminación acústica se relaciona directamente con la intensa movilidad vehicular; la concentración de actividades económicas, y el crecimiento urbano acelerado de la metrópoli, lo que genera que la población se exponga todos los días a niveles elevados de ruido ambiental.
Consecuencias de la contaminación acústica
La panista detalló que la contaminación acústica puede incrementar el riesgo de enfermedades cardiovasculares, trastornos del sueño, estrés crónico y afectaciones al sistema nervioso. Por lo que es necesario contar con un marco normativo claro y eficaz que permita prevenir, controlar y reducir este tipo de emisiones.
Y comentó que el concepto actual de contaminación acústica se centra principalmente en los niveles de sonido que generan alteraciones o daños, pero no incorpora de manera explícita la persistencia, reiteración, frecuencia o duración de las emisiones que afectan de forma directa la calidad de vida de las personas.
Dicha situación impide abordar situaciones cotidianas de contaminación sonora que, aun sin constituir picos extremos de ruido, generan molestias continuas y deterioro en el entorno comunitario.
La iniciativa indica que el marco legal se encuentra enfocado en el cumplimiento de los límites máximos establecidos en normas oficiales mexicanas o normas ambientales locales. Sin embargo, lo califica como insuficiente, ya que no atiende las diversas manifestaciones de contaminación acústica que se presentan en la vida urbana.
Asimismo, puntualiza que la redacción actual del Artículo 214 de la Ley Ambiental capitalina no incorpora de manera expresa un enfoque preventivo orientado a la protección del descanso, la tranquilidad y la calidad de vida de las personas, ni enfatiza con suficiente claridad la dimensión social y sanitaria de este tipo de contaminación, por lo que es necesario enriquecer este instrumento legislativo.