
El Instituto Electoral de la Ciudad de México definió las reglas que deberán seguir las personas candidatas a integrar las Comisiones de Participación Comunitaria (COPACO) durante el periodo de promoción y difusión de sus propuestas, el cual inició el 2 de abril y concluirá el próximo 16 de abril.
De acuerdo con la Convocatoria Única y el Reglamento en materia de Propaganda e Inconformidades, las candidaturas podrán realizar actos de promoción siempre que se ajusten a criterios específicos sobre financiamiento, contenido y características de la propaganda.
Entre los lineamientos establecidos se encuentra que todas las actividades deberán financiarse exclusivamente con recursos propios, con un tope máximo equivalente a 24 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente para 2026, es decir, 2 mil 815.44 pesos. Las personas candidatas serán responsables directas del contenido que difundan, tanto en materiales impresos como audiovisuales.
En el caso de la propaganda impresa, el organismo electoral determinó que la totalidad del material deberá ser biodegradable y al menos la mitad deberá provenir de material reciclado. Además, este tipo de propaganda deberá centrarse en dar a conocer el perfil de la persona candidata y sus propuestas para mejorar su Unidad Territorial, y podrá distribuirse en espacios públicos, con excepción de oficinas gubernamentales.
Los materiales audiovisuales, por su parte, deberán tener carácter informativo y enfocarse en las candidaturas y sus proyectos. También deberán respetar derechos de autor, incluir el número de candidatura, la Unidad Territorial y la demarcación correspondiente, utilizar la identidad gráfica del instituto y difundirse únicamente dentro del periodo autorizado. Una vez concluido, deberán retirarse de medios digitales y electrónicos.
Las propuestas también podrán difundirse a través de la Plataforma de Participación habilitada por el instituto, conforme a lo establecido en el reglamento.
Prohibiciones y posibles sanciones
El IECM también precisó una serie de prohibiciones durante este periodo.
No está permitido realizar actos que inciten a la violencia o constituyan violencia política de género; utilizar elementos asociados a partidos políticos; calumniar o denigrar a otras candidaturas; emplear símbolos religiosos o imágenes de personas servidoras públicas; hacer uso de programas sociales; ofrecer o condicionar beneficios; coaccionar el voto; contratar espacios en radio y televisión; instalar módulos fijos; ni exceder el monto de gasto permitido.
Asimismo, se prohíbe la colocación de propaganda en mobiliario urbano, espacios públicos, árboles, arbustos o cualquier elemento del entorno.
El incumplimiento de estas disposiciones podrá derivar en sanciones conforme a la normativa aplicable. Además, realizar actos de promoción fuera del periodo autorizado, es decir, del 17 de abril al 3 de mayo, podría derivar incluso en la cancelación del registro de la candidatura.
La información completa sobre el reglamento, así como el listado de personas candidatas y su identificación, se encuentra disponible en los canales oficiales del instituto.