Metrópoli

Ángel Garduño García mantiene su absolución tras una resolución unánime. No existieron elementos para acreditar responsabilidad penal

Sala Indígena del TSJ del Edomex confirma absolución del Rector de Chapingo; fueron falsas acusaciones

La Sala de Asuntos Indígenas del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México confirmó por unanimidad la absolución de Ángel Garduño García, Rector de la Universidad Autónoma Chapingo, con lo que las acusaciones formuladas en su contra quedaron nuevamente sin acreditación jurídica.

La resolución fue emitida al resolver el recurso de apelación registrado bajo el toca 12/2026, correspondiente a la causa penal 87/2025, radicada en el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Texcoco, Estado de México.

Los magistrados ratificaron que no existieron elementos para acreditar responsabilidad penal, por lo que los señalamientos de la parte acusadora no pudieron ser demostrados ante los tribunales ni servir como fundamento para una condena.

Ángel Garduño García, Rector de la Universidad Autónoma Chapingo

La resolución también analiza la supuesta necesidad de que la denunciante contara con un traductor en lengua indígena. El órgano jurisdiccional determinó que, a partir de sus condiciones personales y del contenido de las audiencias, no se acreditaron limitaciones de comunicación durante el juicio.

Por el contrario, la resolución señala que se garantizó su acceso a la justicia en condiciones de igualdad, debido a que contó en todo momento con asesoría jurídica. Asimismo, se estableció que la denunciante comprendía perfectamente el idioma español.

Esta circunstancia cuestiona la existencia de una barrera lingüística que justificara la necesidad de un intérprete y resulta especialmente relevante frente al intento de presentar el caso como un asunto de naturaleza indígena sustentado en una supuesta imposibilidad de comunicación en español.

El propio tribunal confirmó que dicha imposibilidad no existía.

La confirmación de la absolución reafirma los principios de presunción de inocencia, legalidad y debido proceso. Los señalamientos y falsas acusaciones formulados durante el proceso no pueden sustituir la obligación de acreditar jurídicamente los hechos.

Con esta resolución, la autoridad judicial mantiene la absolución de Ángel Garduño García y deja establecido que las acusaciones formuladas en su contra no fueron acreditadas jurídicamente.

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