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Congreso CDMX aprueba que la violencia vicaria sea castigada hasta con seis años de cárcel

La violencia vicaria es ejercer agresiones físicas, psicológicas, sexuales, económicas o patrimoniales, utilizando a sus hijos

Niño triste y solitario
Foto: Especail Foto: Especail (La Crónica de Hoy)

El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó que la violencia vicaria sea considerada como un delito y quienes cometan este tipo de agresiones, enfrentarían la pérdida de los derechos respecto a las víctimas y una penalidad de hasta seis años de prisión.

El dictamen fue presentado por la Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, para modificar el Código Civil y el Código Penal para el Distrito Federal, con el propósito de establecer el concepto de violencia vicaria y que la misma sea la causa de la pérdida de la patria potestad mediante sentencia judicial, así como para establecer el tipo penal de violencia vicaria y contribuir a combatir la violencia contra las mujeres.

Para efectos del Código Civil, se entenderá como violencia vicaria a cualquier acto u omisión cometido por quien mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato o de hecho con una mujer y que ejerza agresiones físicas, psicológicas, sexuales, económicas o patrimoniales contra ella, utilizando a sus hijos.

En lo que respecta al Código Penal, se añadió un capítulo en esta materia, para establecer que a quien cometa estos actos, se le impondrán de dos a seis años de prisión, así como pérdida de los derechos que tenga respecto de las víctimas, incluidos los de carácter sucesorio y patria potestad de hijas e hijos.

Además, se aprobó un dictamen con el propósito de fortalecer las sanciones por feminicidios, al incluir supuestos no considerados o ambiguos en la redacción actual del mismo, el cual tiene la finalidad de mejorar la protección a las mujeres en la capital.

En el tipo penal de feminicidio se incluye la noción de las mujeres a lo largo de su ciclo de vida y de las personas de género femenino, además de ampliarse el ámbito espacial en que se pueden producir antecedentes de violencia hacia las mujeres como el docente, comunitario, institucional, político, digital o mediático.

Asimismo, se agravan las sanciones en los casos en que existan relaciones de subordinación o superioridad, incluyendo las que se den en un plano religioso, institucional, de servicio o cualquier otra análoga que se presente.

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