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GCDMX presenta reformas a la "Ley Malena" para que la violencia ácida sea considerada tentativa de feminicidio

Los ataques con ácido serán penalizados con penas de hasta 30 años de prisión, cuando el material corrosivo dañe los órganos sexuales o el daño físico sea permanente

Ley Malena
Ley Malena Ley Malena (GCDMX)

El jefe de Gobierno, Martí Batres, presentó las reformas a la "Ley Malena", con la finalidad de que la violencia con ácido sea considerada tentativa de feminicidio y de esta manera, las penas hacia los agresores puedan alcanzar hasta treinta años de prisión, así como la reparación integral del daño hacia la víctima.

El dictamen emitido por Batres tuvo lugar, luego de que el pasado ocho de febrero, por unanimidad, los diputados del Congreso de la Ciudad de México aprobaron que en el Código Penal se añada un capítulo denominado "Lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o nocivas", que considere agravantes en razón de género al considerarlo tentativa de feminicidio y no delito de lesiones.

Previamente, la violencia ácida solamente era considerada como heridas reparables, por lo que las sanciones hacia los criminales eran mínimas y lograban evadir el encarcelamiento. Sin embargo, las diputadas promoventes como Marcela Fuente y Valentina Batres, así como la mujer a la que se le alude el nombre de la Ley, María Elena Ríos, una saxofonista que en el año 2019 fue atacada con ácido en el estado de Oaxaca, consideraron que las consecuencias que recibían los agresores eran mínimas en relación a lo que sufre la víctima por el resto de su vida, como deformaciones en el rostro, ceguera, discapacidad, cicatrices permanentes y dificultades sociales, ya que la mayoría de las ofendidas pierden sus empleos y fuentes de ingresos.

Asimismo, la reforma incluye que las penas aumenten cuando se presenten deformidades o se dañen los órganos y en el caso de que los atacados sean niños, niñas o personas con discapacidad, se agrave la sanción. 

Al ser considerada tentativa de feminicidio, la violencia ácida también será penalizada con penas de hasta 30 años de prisión, cuando el material corrosivo dañe los órganos sexuales o el daño físico sea permanente. También, la reforma incluye multas y reparación integral del daño, a través de la atención de todas las lesiones a las víctimas, a diferencia del pasado, cuando las mujeres tenían que pagar todos los gastos médicos para la reconstrucción de piel y órganos.

En la reforma que se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se detalla que los ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, incluyen "cualquier acción, omisión que cause o busque causar daño no accidental arronjando, derramando o poniendo en contacto a la víctima con algún tipo de gas, compuesto químico, ácido, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, explosivas, reactivas, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que por sí mismo o en determinadas condiciones pueda provocar lesiones o cualquier tipo de discapacidad".

"Las reformas son para tipificar los ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, eran necesarias porque muchas veces se ocultaba el salvajismo de los ataques, las mujeres lo ocultaban por vergüenza, no querían que se supiera que habían sido víctimas de tal brutalidad", dijo el jefe de Gobierno.

"La lucha de las mujeres y su constante denuncia nos han hecho ver los detalles dolorosos y espantosos de la violencia de género, con dolor hemos descubierto que los agresores perpetraban actos que asumíamos que solo existían en la literatura de terror, pero si los ataques con ácido y otras sustancias eran terribles, era más sombrío que pese a la denuncia de estos hechos, valerosa y riesgosa y pese al inicio dela acción penal, los agresores encontraban el modo de escapar, argumentando que habían efectos en la tipificación penal o que no era adecuada la conducta al tipo penal", explicó.

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