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La Corte Internacional permitirá exigir reparaciones por impactos del cambio climático

Daño ambiental podría ser juzgado como ilícito internacional

Humo industrial
La contaminación como consecuencia de la inacción climática La Corte Internacional advierte que los países deben responder legalmente por daños ambientales ocasionados por actividades humanas (Pixabay)

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió este martes una opinión consultiva de alto impacto legal y político al declarar que los Estados que incumplen sus compromisos frente al cambio climático cometen un acto internacionalmente ilícito. Esta determinación, que fue solicitada por la Asamblea General de la ONU en 2023, abre la puerta a posibles reparaciones legales cuando un país sufra consecuencias derivadas de la inacción de otros.

Durante la lectura del dictamen, el juez presidente Iwasawa Yuji señaló que los tratados multilaterales en materia ambiental no son meras recomendaciones. De acuerdo con la Corte, estos compromisos contienen obligaciones vinculantes que exigen a los países tomar medidas concretas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y fomentar la adaptación al cambio climático.

Entre los puntos clave del pronunciamiento se establece que las naciones tienen el deber de utilizar todos los recursos a su disposición para prevenir daños significativos al medioambiente. Esto incluye controlar actividades que ocurran dentro de sus fronteras o que estén bajo su jurisdicción, para evitar efectos perjudiciales sobre el sistema climático, que debe ser preservado no solo para los ciudadanos actuales, sino también para las futuras generaciones.

La Corte subrayó que los Estados que forman parte de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) —incluyendo potencias como Estados Unidos, China y los países de la Unión Europea— están jurídicamente obligados a implementar acciones para reducir las emisiones contaminantes generadas por actividades humanas.

En caso de que un Estado viole cualquiera de sus compromisos climáticos, se considera que incurre en una conducta ilícita bajo el derecho internacional. Esa responsabilidad podría traducirse, explicó la Corte, en sanciones que van desde la cesación del acto u omisión hasta medidas de reparación, que se analizarían de manera individualizada y podrían tomar la forma de restitución, compensación o satisfacción hacia los países perjudicados.

Sin embargo, el tribunal aclaró que la exigencia de responsabilidad no es automática. Para que exista una consecuencia legal, debe comprobarse una relación causal clara y directa entre la omisión y el daño ambiental ocasionado.

Además de lo anterior, la CIJ reafirmó la existencia del derecho humano a un medioambiente limpio, saludable y sostenible, y destacó que este es esencial para garantizar otros derechos fundamentales como la vida, la salud, la alimentación y el acceso al agua potable y la vivienda.

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