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La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara baja avaló el dictamen para abrogar la disposición en cómo se elegía al o la presidenta del máximo tribunal del país, que era por la mayoría del colegiado; quitan antinomia

Presidencia de Corte se definirá por mayaría de votos el 1 de junio; diputados eliminan contradicción constitucional

La mayoría legislativa de Morena, PT y PVEM de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen más de reforma a la Carta magna para establecer que el próximo presidente o presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se definirá derivado del mayor número de votos de los ciudadanos que obtenga la o el candidato a ministro en la elección del 1 de junio.

La reforma constitucional al artículo 97 es necesaria para quitar una contradicción legal, pues continúa vigente que quien presida el máximo tribunal electoral será por el voto de la mayoría de los integrantes del pleno. Es decir, hay una antinomia.

Con 27 votos a favor y 11 en contra, la Comisión de Puntos Constitucionales, que preside el morenista Leonel Godoy, aprobó el dictamen que deberá ser avalado por el pleno camaral en el próximo periodo extraordinario, en junio, y en el cual se prevé que también se discuta un paquete de reformas secundarias de la reforma judicial de septiembre pasado.

El debate se centró suprimir el texto: “Cada cuatro años, el pleno (de la Corte) elegirá de entre sus miembros al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior”.

De acuerdo con la reforma estructural al Poder Judicial de la Federación, en su artículo 94, párrafo tercero, la Constitución fijó: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, ministras y ministros,(y) funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.”

POR PRESIDENCIA DE CORTE La Comisión de Puntos Constitucionales avaló el dictamen para abrogar la disposición en cómo se elegía al o la presidenta del máximo tribunal del país, que era por la mayoría del colegiado.

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