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La Corte resolvió amparar a un grupo de 48 mujeres para que se les garantice el derecho a servicios de salud y aborto voluntario con la infraestructura adecuada

Autoridades deben garantizar servicios médicos de calidad a quienes decidan abortar de forma voluntaria: Loretta Ortiz

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que preside la ministra Loretta Ortiz, resolvió amparar a un grupo de 48 mujeres para que se les garantice el derecho a servicios de salud y aborto voluntario con la infraestructura adecuada.

Ortiz enfatizó que se trata de un caso histórico resuelto por la Primera Sala, ya que las autoridades deben garantizar los servicios médicos para que las mujeres y personas con capacidad de gestar, puedan abortar.

“Es imperativo garantizar servicios médicos seguros, disponibles, accesibles, aceptables, asequibles, respetuosos, de calidad y libres de estigmatización. Esta sentencia obliga a las autoridades a transformar los derechos reconocidos en realidades tangibles”, indicó.

Loretta Ortiz La ministra Loretta Ortiz. (JRamon/SCJN)

Las mujeres residentes del estado de Morelos promovieron un juicio de amparo en el que reclamaron la inconstitucionalidad de diversos artículos del Código Penal de dicha entidad que penalizan el aborto; así como la falta de instrucciones por parte de las autoridades para la organización, difusión e implementación de servicios de salud para garantizar el acceso al servicio de aborto voluntario a las mujeres y personas gestantes.

El Juzgado de Distrito otorgó el amparo respecto de las normas reclamadas que penalizan el aborto, y sobreseyó la otra parte reclamada al considerar que resultaba inexistente tal omisión, dado que así lo habían señalado las autoridades responsables sin que las mujeres quejosas desvirtuaran dicha negativa.

La SCJN, a través de la Primera Sala, amparó al grupo de mujeres y ordenó a las autoridades responsables a que ejerzan sus facultades a fin de que propongan adecuaciones al Código Penal de esa entidad con el fin de que sea compatible con el parámetro constitucional y convencional en materia de aborto.

Que empiecen de forma inmediata a prestar el servicio de aborto voluntario únicamente respecto a las quejosas y que ninguna persona profesionista adscrita a dicha institución que realice abortos voluntarios en favor de las mujeres quejosas, se les persiga ni sancione penalmente.

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