Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del PRI de expulsar de sus filas al exdiputado federal Enrique Ochoa Reza, luego de que éste señalara que la actual dirigencia del tricolor, que detenta Alejandro ‘Alito’ Moreno, lleva al partido al despeñadero, opinión que emitió en el marco del cambio de estatutos de ese instituto político para mantenerse en el cargo.
Ochoa Reza, también expresidente del PRI, impugnó está decisión, hace ya casi un año, tomada por la Comisión de Justicia del partido.
En su proyecto, el magistrado Felipe Fuentes Barrera planteó la revocación “para efectos”, y que en su caso esa comisión analice y presente las pruebas fundadas contra el priista.
La mayoría de la Sala Superior dio su voto en favor de la sentencia del magistrado.
“La resolución (de la Comisión de Justicia) está indebidamente fundada y motivada, aunado a que no es exhaustiva, debido a que no se advierten las razones específicas y con valoración de elementos de prueba directos o indirectos, por los cuales se llegó a la conclusión de la gravedad de las conductas. Se considera que no basta con tener por probadas las conductas para concluir válidamente la afectación a la imagen y/o reputación del PRI ante la ciudadanía ni la supuesta afectación en los resultados electorales del partido”, se expuso.
Señaló que respecto de la existencia de calumnia en contra del presidente del PRI debió establecer el por qué ello afectó la imagen del partido ante la ciudadanía y cómo se tradujo en una merma de confianza.
“Se propone revocar la resolución impugnada para que la responsable analice los elementos de prueba y de ser necesario recabe los necesarios y emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada”.
Los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora se pronunciaron contra la resolución y expusieron que se debía emitir una sentencia que, de manera lisa y llana, se acate y se ponga punto final al caso, debido a que el proyecto no es lo que más conviene a Enrique Ochoa Reza.
“La Sala Superior, me parece, debe resolver de manera completa y exhaustiva y sobre todo definitiva después de un largo periodo, si las expresiones atribuidas al actor están protegidas por la libertad de expresión y, por lo tanto, si resultan susceptibles de sanción. Para ello están los planteamientos que hizo el actor en su demanda y que tienen un efecto mayor, protector de sus intereses y pretensiones”, argumentó Rodríguez Mondragón.
Indicó que las manifestaciones del denunciado están protegidas por la libertad de expresión que goza todo militante para disentir ante las decisiones de su partido.
“La libertad de expresión es un derecho fundamental del sistema democrático y en el contexto partidista adquiere una gran relevancia”.
En ese sentido se manifestó Otálora.
En tanto, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto, también acompañó los argumentos de sus antecesores.
Tras ser aprobado por mayoría que la resolución se emita de manera lisa y llana, es decir, sin lugar a menoscabar los derechos del militante, toca a la magistrada Janine Otálora redactar el engrose del proyecto.
Es decir, una vez que quede el documento, el asunto quedará concluído.
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