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Puede realizarse a través del Portal del SAT, que está disponible las 24 horas del día, durante todo el mes

SAT inicia plazo para realizar la Declaración Anual 2026

SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) convoca a las y los contribuyentes a cumplir con la Declaración Anual 2025 de Personas que dio inicio este 1 de Abril y que debe cumplirse dentro del plazo que marca la ley, el cual concluye el día 30 de este mes.

Puede realizarse a través del Portal del SAT, que está disponible las 24 horas del día, durante todo el mes, en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html

Se encuentra disponible un calendario informativo que permite identificar los días en los que habitualmente se registran menos ingresos al sistema, con el objetivo de planificar de mejor manera el día en que pueden presentar la Declaración Anual.

Durante lo que va del primer día se recibieron 599 mil 35 declaraciones, con corte a las 17:00 horas y se tiene previsto que este año se presenten más de 11 millones 424 mil declaraciones anuales, lo que significa un incremento de 3% respecto al año anterior.

Este tramite es obligatorio para quienes obtuvieron ingresos por las siguientes actividades:

1. Sueldos y salarios:

• Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.

• Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025.

• Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.

• Si trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores.

• Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.

• Si obtuvieron ingresos adicionales por indemnización.

• Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

2. Servicios profesionales.

3. Actividades empresariales. Incluye a Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

4. Arrendamiento de bienes inmuebles.

5. Enajenación o adquisición de bienes.

6. Intereses o dividendos.

Las personas que tributan en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la Declaración Anual. Las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20 y 3.13.21 pueden optar por presentarla.

Además se estableció que los contribuyentes a los que se les determine un saldo a favor igual o mayor a 10 mil un pesos, deberán solicitar la devolución con e.firma. y cuando la devolución sea menor a dicho monto, únicamente se requerirá la contraseña.

La finalidad de estas herramientas es facilita al contribuidor su declaración y con ello fortalecer el desarrollo de la economía mexicana.

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