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Corte va por anular Plan B de reforma electoral de AMLO por desaseo legislativo

El proyecto de resolución a las impugnaciones presentadas por legisladores de diversos partidos opositores a Morena perfila aniquilar el decreto. No se garantizó el debate parlamentario, advierte el alto tribunal del país

CONFRONTACIÓN

El pleno del alto tribunal de México se enfrentó por violaciones a otro proceso legislativo. Norma Piña defendió la división de poderes.

El pleno del alto tribunal, presidido por. Norma Piña, analizará el proceso legislativo para aprobar el Plan B de reforma electoral.

Foto: Archivo

En la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prevé echar abajo el llamado plan B de la reforma electoral propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador ante el desaseo legislativo en el que se proceso el dictamen de la iniciativa que se aprobó en marzo pasado.

La Cámara de Diputados, con la mayoría del Morena y sus aliados del PT y Verde Ecologista de México, aprobó cambios a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expidió la Ley General de los Medios de Impugnación en materia electoral.

Derivado de esto, diversos grupos parlamentarios, como el PAN, PRI y PRD, además de Movimiento Ciudadano, impugnaron las reformas ante el alto tribunal del país.

El proyecto de resolución a las impugnaciones quedó a cargo del ministro Javier Laynez Potisek quien propone declarar la invalidez de esta segunda parte del llamado “Plan B” en materia electoral pues se estima que, “durante la aprobación del Decreto, el Congreso de la Unión incurrió en múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo”.

Como ocurrió para invalidar en mayo pasado las reformas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ”dejar sin efecto los cambios realizados por Morena es congruente con la doctrina jurisprudencial que la Corte ha sostenido en más de treinta asuntos y que recoge los requisitos mínimos para que un proceso legislativo sea válido”.

De acuerdo con el ministro ponente, el proyecto considera que todas las violaciones acreditadas al analizarse la primera parte de este paquete de reformas también se actualizan en este caso, por la simple razón de que ambos decretos compartieron, en términos generales, el mismo proceso legislativo.

“La Cámara de Diputados jamás expuso razones para justificar el trámite urgente de las iniciativas. Los legisladores no tuvieron oportunidad de conocer las propuestas porque no se publicaron ni se distribuyeron con la anticipación exigida por el Reglamento de la Cámara de Diputados y, lo más importante, tampoco gozaron de un plazo razonable para conocer lo que estaban votando, pues en total se trataba de reformas a más de quinientas disposiciones que nunca fueron dictaminadas, que presentaron en el momento de iniciar la sesión (11:04 de la noche) y que se aprobaron en tan sólo cuatro horas”, advierte la resolución.

Javier Laynez señala que se destacan violaciones adicionales graves al legislativo que no habían sido planteadas en el asunto anterior. Por un lado, se acredita -dice- que la iniciativa publicada en la ‘Gaceta Parlamentaria’ fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta de la sustitución ni de las modificaciones a los legisladores. Por otro lado, también se demuestra que las Cámaras modificaron artículos del proyecto de Decreto que ya habían sido aprobados por ellas en sesiones anteriores, cuando el artículo 72, inciso E, de la Constitución Federal prohíbe tajantemente que se revisen los preceptos ya aprobados por ambas cámaras.

El proyecto concluye que todas estas violaciones en su conjunto mermaron gravemente la posibilidad de los legisladores federales de participar de forma activa e informada en la deliberación de las normas sometidas a votación y, por ende, son suficientes para invalidar la totalidad del decreto impugnado.