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La Suprema Corte declara inválido el padrón de usuarios de telefonía celular

El pleno de la SCJN dictaminó este lunes que el PANAUT representaba un riesgo al derecho a la privacidad y la intimidad, ya que vulnera la protección de datos personales.

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La Suprema Corte declaró inválido el PANAUT.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional las normas que dan sustento al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), debido a que obliga a los usuarios de telefonía celular a entregar sus datos personales y biométricos, lesionando los derechos humanos a la privacidad y a la intimidad.

Durante la sesión del Pleno de la SCJN y por distintas razones, nueve ministros coincidieron en que la creación del PANAUT es inconstitucional y puede resultar hasta violatoria de los derechos humanos a la protección de datos e información de los ciudadanos.

Los ministro de la Suprema Corte resolvieron la medida al revisar acciones promovidas por una minoría parlamentaria del Senado y por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en contra del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021.

El Decreto tuvo como objetivo la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que pretendía obligar a los usuarios a otorgar diversos datos personales, como eran: nombre, nacionalidad, número de identificación o CURP; así como datos sensibles (en este caso, datos biométricos).

La ministra Norma Piña, quien realizó el proyecto, propuso declarar inconstitucional la creación del padrón ya que este no representa una medida necesaria en una sociedad democrática y perjudica de manera grave los derechos humanos de los usuarios de teléfonos móviles.

Asimismo, el ministro presidente Arturo Zaldívar consideró que la falta de seguridad que se plantea para resguardar estos datos es un elemento que pone en riesgo los datos de las personas, por lo que se pronunció por la inconstitucionalidad del PANAUT.

En su intervención, la ministra Esquivel Mossa precisó que las normas que regulan el padrón son sobre inclusivas, porque de manera generalizada ordena el registro de todos los usuarios de la telefonía móvil, mediante la recopilación de sus datos biométricos, sin tomar en cuenta que los de plan tarifario están plenamente identificados.

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De igual manera, aseguró que obligar a las personas a registrar sus datos biométricos para comprar un celular sólo provocaría que se roben más teléfonos móviles, ya que nadie comete un crimen sabiendo que el Estado tiene todos los datos necesarios para encontrarlo.

Por otra parte, la ministra ponente, Norma Lucía Piña Hernández, expuso que el máximo tribunal ha señalado en precedentes que existe un derecho a la autodeterminación informativa, que implica la facultad de los ciudadanos a no dar sus datos personales sin saber que utilidad se le darán y cómo se evitará darles un mal uso.