Nacional

Definirá  SCJN alcances en resolución  que  invalidó  decretazo de AMLO sobre sus obras  

La sesión de este lunes será fundamental para conocer el alcance de la invalidez y saber si el derecho de acceso a la información de toda la ciudadanía estará protegido

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Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Ministros de la Corte  en México

Cuartoscuro

En medio de presiones y descalificaciones del ala morenista, la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá y en su caso definirá este lunes los alcances de la resolución donde invalidó el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador que consideraba como de seguridad nacional sus obras prioritarias

La discusión se centrará sobre si la anulación de ese acuerdo se aplicará únicamente al Presidente de la República o a toda la Administración Pública Federal.

En el ambiente está el segundo Decreto que el Presidente Andrés López Obrador publicó como respuesta a la resolución de la Corte en el que declara y precisa que el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo y los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum son de seguridad nacional. Es decir, el Decreto tiene la precisión jurídica que no tenía el Acuerdo y de nuevo viola el derecho de acceso a la información.

Por ello la sesión de este lunes en la Corte, será crucial la discusión sobre la protección del derecho a la información, la transparencia y la rendición de cuentas, alertó el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO)

La próxima discusión de la SCJN que tendrá lugar el 22 de mayo –agregó--será fundamental para conocer el alcance de la invalidez y saber si el derecho de acceso a la información de toda la ciudadanía estará protegido.

El IMCO recordó que pese a los esfuerzos del INAI, este organismo no tiene la capacidad para sesionar y promover una nueva controversia constitucional, ante la falta de nombramientos de comisionados.

Advirtió la sesión de este lunes enfrenta dos retos cruciales; el primero es determinar las consecuencias de la inconstitucionalidad del Acuerdo, y si esta resolución aplica solamente para el INAI o ex extensivo para la ciudadanía en general.

Dos Ministros consideran que únicamente el primer artículo del Acuerdo es inconstitucional, seis que todo el Acuerdo lo es y tres que todo el Acuerdo es constitucional, por lo cual la decisión de que esta resolución sea abierta para toda la ciudadanía está en el “aire” y puede suceder cualquier cosa.

El segundo reto es determinar que el Acuerdo es inconstitucional, reconoce y protege las facultades y competencias del INAI y, por ende, protege a otro contrapeso fundamental de la democracia en nuestro país.

El IMCO consideró que la deliberación de la Suprema Corte tiene beneficios y retos.

Entre los aspectos positivos están: El hecho de que la SCJN demostró que es un contrapeso efectivo en el ejercicio del poder, pero también al determinar que el Acuerdo es inconstitucional, reconoce y protege las facultades y competencias del INAI y que es ptro contrapeso fundamental de la democracia en nuestro país .