Nacional

Enfrenta Plan B de reforma electoral 132 controversias constitucionales

La Corte informó que al menos 90 municipios interpusieron este recurso; en tanto, se admitieron siete acciones de inconstitucionalidad y se concedió la
suspensión para que las modificaciones a diversas leyes no rijan en los procesos electorales del Estado de México y Coahuila

Análisis de resolución

Foto: Especial

Analiza Suprema Corte decenas de recursos contra el plan B de la reforma electoral.l

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que por el llamado plan b de la reforma electoral se tiene por admitidas 132 controversias constitucionales, de 164, presentadas, además de ocho acciones de inconstitucionalidad de un total de 14.

El máximo tribunal del país detalló que ambos recursos han sido promovidos para los decretos 1 (publicado a finales de 2022) y 2 de las reformas a las leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la expedición de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, respectivamente.

A través de un comunicado, el máximo tribunal del país recordó que en la admisión de las siete acciones de inconstitucionalidad se concedió la

suspensión del decreto referido para el efecto de que no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo en el Estado de México y en Coahuila,

sobre la base de que: i) se promulgó en el plazo de veda electoral previsto en el penúltimo párrafo fracción II del artículo 105 de la Constitución Federal; ii) contiene modificaciones legales fundamentales y, iii) porque de no concederse, su aplicación

podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste.

La Corte refirió que el ministro ponente Alberto Pérez Dayán dio trámite a controversias constitucionales promovidas por un promedio de 90 municipios de distintos estados del país, así como poderes legislativos y ejecutivos locales. En todas las que se

solicitó la suspensión, pero ésta fue negada.

“Las ocho acciones de inconstitucionalidad contra el decreto 1 fueron promovidas por los partidos en coalición “Va por México” (PRI, PAN y PRD), por el partido Movimiento Ciudadano, el llamado Bloque de Contención del Senado de la República, por diputados del Congreso de la Unión y por el partido político Hagamos, del estado de Jalisco, siendo ésta última desechada.

Estos recursos se concentran en el expediente 29/2023 y sus acumuladas 30/2023, 31/2023, 37/2023, 38/2023, 43/2023 y 47/2023.

En materia del decreto 2 por las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos

Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expidió la Ley General de los Medios de Impugnación

en Materia Electoral, el ministro ponente Javier Laynez Potisek admitió la controversia constitucional presentada por el INE, el pasado 8 de marzo, y concedió la suspensión solicitada “respecto de todos los artículos impugnados para efecto de que las cosas se mantengan en el estado actual y que rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.

“Con relación a las dos acciones de inconstitucionalidad admitidas, promovidas por

los partidos políticos Movimiento Ciudadano (MC) y de la Revolución Democrática (PRD), respectivamente, se negó la suspensión solicitada, en función de la medida cautelar ordenada en la Controversia Constitucional 261/2023 promovida por el Instituto Nacional Electoral”, detalló la Corte.

Informó también que se tienen registrados 95 recursos de reclamación: 91 en controversias constitucionales, de los cuales 89 corresponden al decreto 1 y dos al decreto 2, así como cuatro recursos en acciones de inconstitucionalidad, todos

relacionados con el decreto 1.

Explicó que en el caso del decreto 1, tanto las controversias constitucionales como las acciones de inconstitucionalidad se encuentran en la fase

de admisión de demandas, recabando las respuestas y argumentos de todas las partes.

En el caso del decreto 2, el plazo para recepción de acciones de inconstitucionalidad venció, mientras que la fecha límite para recibir controversias constitucionales es el 20 de abril.