
A partir del próximo 1 de enero entrarán en vigor las reformas a la Ley Federal del Trabajo en las que se duplicaron los días de vacaciones a los que tendrán derecho las personas que cumplan un año laboral, por lo que en vez de seis días podrán gozar de 12 días, periodo que a potestad del empleado podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.
Las modificaciones a esta ley fueron publicadas la tarde de este martes en el ‘Diario Oficial de la Federación’, luego de que por la mañana el presidente Andrés Manuel López Obrador anunciara que ya había firmado el decreto para oficializar los cambios en favor de la clase trabajadora.
De acuerdo con los cambios avalados por el Congreso de la Unión, se establece que las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.
A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios, de acuerdo con las modificaciones al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones.
En las reformas al artículo 78 se estableció que “del total del periodo que le corresponda, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”.
Cabe aclarar que las modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.
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