
Para Agustín Zamora Flores, especialista en contabilidad y administración financiera, la declaración que se debe hacer anualmente es esencial para mantener una vida financieramente saludable, pues, de no presentarla podría haber recargos y actualizaciones en el ejercicio de 2021.
El especialista destacó que aquellas personas que hayan percibido ingresos por sueldos y salarios superiores a 400 mil pesos de un solo patrón; si los salarios obtenidos provienen del extranjero; si se tuvieron ingresos por indemnización o jubilación o si la cantidad de los ingresos en un año excede la cifra de los 400 mil pesos; están obligadas a presentar la declaración anual.
Sin embargo –dijo–, también la actividad empresarial, el arrendamiento, la enajenación de bienes, donativos o herencias, son acreedores a este ejercicio.
En este último caso, Agustín Zamora Flores, señaló que este tipo de ingresos deben de ser informados, sin importar el monto que representen, ya que esto nos permite que sean ingresos exentos, y en caso de no informarse podrían generar el pago de impuestos.
Asimismo, algunas de las deducciones personales que podrían incluirse para reducir el pago de impuestos, podrían ser los gastos hospitalarios, honorarios dentales, servicios de nutrición, colegiaturas, análisis clínicos, gastos funerarios, aportaciones complementarias para el retiro (Afore), entre otros.
“Para realizar tu trámite es necesario presentar tu RFC con los 13 dígitos, es decir, incluyendo la homoclave, la contraseña, la cual es proporcionada por el Sistema de Administración Tributario (SAT) y la firma electrónica o e.firma (fiel). Con ella puedes realizar el 100% de los movimientos dentro de tu cuenta fiscal”, recordó Agustín Zamora Flores.
Existen algunos casos en los que no se está obligado a presentar la declaración anual como las personas físicas que obtuvieron ingresos totales por salarios de un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio. (El interés real es: Interés que te paga el banco menos la inflación).
De igual manera, están exentas las personas físicas que obtuvieron ingresos únicamente por salarios de un solo patrón, siempre y cuando en el cálculo anual no exista impuesto a cargo.
Para poder cumplir con la obligación de presentar tu declaración anual 2021 es necesario contar con tu contraseña y en algunos casos será necesario tener la Firma Electrónica, lo cual puedes realizar ingresando en el siguiente link: http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021/Paginas/index.html
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