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Logra mujer que su acosador sexual sea despedido y no se le reconozca antigüedad por “causa grave”

Tribunal Laboral Federal en Puebla resuelve en favor de las mujeres a una vida libre de violencia

perspectiva de género

Cuartoscuro

El IMSS despide a un trabajador por acoso sexual contra una compañera y logra que tribunal lo absuelva de pagarle el derecho a la antigüedad por su grave conducta.

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Una mujer que sufría acoso sexual en Puebla por parte de un compañero de trabajo y a quien decidió denunciar ante el centro laboral logró que éste fuera despedido y se absolviera al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de reinstalarlo y pagarle el derecho de antigüedad, como el sujeto lo había demandado ante el Segundo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales.

El caso se resolvió con perspectiva de género luego de que se ponderaron dos derechos: la estabilidad del empleo de un trabajador y el derecho de la mujer a un espacio libre de violencia.

De acuerdo con el caso ocurrido este año, el Segundo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en Puebla, resolvió en favor de la mujer y determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lugar donde se manifestaba el acoso sexual, no está obligado a pagar diversas prestaciones demandadas por el trabajador, ni a reinstalarlo luego de que fuera denunciado por una compañera.

El despido llegó a esta instancia por cuenta del trabajador que demanda ser reinstalado en su puesto en el IMSS. Sin embargo, el juez César Humberto Valles Issa aplicó la perspectiva de género en todas las etapas del proceso y resolvió proteger a la víctima de acoso sexual por parte de su excompañero de trabajo.

En el procedimiento ordinario laboral 208/2022, el juez analizó las pruebas aportadas, se escuchó a las partes y realizó un análisis jurídico sobre el acoso sexual.

Valles Issa determinó absolver al IMSS de reinstalar al trabajador, así como del pago de los salarios caídos, intereses y la indemnización por reinstalación prevista en el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT).

“Ante el choque de dos derechos (estabilidad en el empleo y el derecho de la mujer a un espacio libre de violencia) se debía juzgar con perspectiva de género, ya que de no hacerlo se podría invisibilizar una posible situación irregular como es el acoso y convalidar la violencia de género”, según el argumento del togado.

Cabe destacar que el trabajador nunca desmintió a su compañera, mientras que el IMSS acreditó que fue legal la recisión del contrato laboral.