Nacional

El próximo jueves, Lenia Batres asumirá el cargo de ministra ante el pleno de la Corte

Al abrir el primer periodo de sesiones del alto tribunal, la ministra presidenta anunció que en enero se resolverá el caso del virus "Pegasus" por actividades de espionaje, entre otros asuntos como la eliminación de fideicomisos 

Impugnaciones

La ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo de la Judicatura Federal, Norma Piña, cumple un año en el cargo.

La ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo de la Judicatura Federal, Norma Piña, cumple un año en el cargo.

Foto: Cortesía

El próximo jueves, en sesión solemne ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres protestará el cargo de ministra luego de su designación en diciembre pasado por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, informó la ministra presidenta del alto tribunal, Norma Piña Hernández.

Al abrir el primer periodo de sesiones de la Corte -que concluirá en la primera que quincena de julio–, Piña Hernández anunció cuáles serán los asuntos relevantes o prioritarios de los que emitirá su resolución como es el caso de contrataciones del virus "Pegasus" para "actividades vulnerables", además se resolverá la acción de inconstitucionalidad presentada contra un decreto por el que fueron eliminados "ciertos fideicomisos".

"En relación con el alcance del derecho de acceso a la información pública, destaca un recurso de revisión en materia de seguridad nacional cuyo análisis permitirá determinar si resulta apegado a derecho la resolución del INAI, que mandata entregar una versión pública de los reportes de operaciones que presentan las entidades financieras y los avisos de quienes realizan actividades vulnerables relacionados con las contrataciones vinculadas con el caso 'Pegasus'”, dijo la ministra presidenta.

"Se analizarán acciones de inconstitucionalidad relativas a la impugnación de un decreto por el que se reforman y derogan disposiciones de múltiples leyes federales, cuyo objetivo fue eliminar ciertos fideicomisos sin estructura orgánica, que servían como vehículos para distribuir el gasto público; además, la Ley Federal del Derecho de Autor y el Código Penal Federal, con motivo de reformas que atienden a lo establecido en el T-MEC, en la que podrán fijarse relevantes criterios sobre el alcance y la validez tanto de las medidas tecnológicas de protección de los derechos de autor y de los derechos conexos".

Indicó que los ministros del alto tribunal analizar una declaratoria general de inconstitucionalidad, el Pleno habrá de resolver la interrogante sobre si dicha declaratoria es procedente cuando en un amparo en revisión se ha declarado la existencia de una omisión legislativa absoluta, es decir, si es posible emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad ante la omisión en que incurre el Congreso de la Unión, o una legislatura local, al abstenerse de emitir una ley en cumplimiento de un mandato constitucional.

Norma Piña destacó que resultará relevante el análisis de la aclaración de la sentencia dictada en la controversia constitucional 121/2012, relativa al conflicto de límites territoriales conocido como los Chimalapas, en la cual se cuestiona si es necesario aclarar dicho fallo en la parte en que se fijaron las coordenadas geográficas relativas al “Cerro de los Martínez”, e incluso en cuanto a que el nombre correcto de ese punto limítrofe es “Cerro los Martínez”.

El análisis de la validez de la Ley para Prevenir y Erradicar el Feminicidio del Estado de Michoacán, vía una acción de inconstitucionalidad, permitirá fijar criterios relevantes sobre el alcance del derecho de participación de las mujeres en la vida política y, en su caso, la necesidad de una consulta pública para conocer su opinión sobre el contenido de una ley de esa naturaleza; incluso, sobre el ámbito dentro del cual las legislaturas locales pueden legislar para prevenir y erradicar el feminicidio sin invadir la esfera reservada a la Federación en materia procesal penal.

Con motivo de la resolución de una acción de inconstitucionalidad en la que se impugnan reformas realizadas a la Ley de Hidrocarburos, este Tribunal analizará la validez de un requisito establecido para el otorgamiento de permisos para almacenamiento de hidrocarburos, la sustitución de la afirmativa ficta por la negativa ficta ante la falta de respuesta de la autoridad competente a una solicitud de autorización de cesión de permisos regulados en ese ordenamiento, así como la de la nueva atribución de la autoridad para suspender los permisos expedidos en términos de la Ley de Hidrocarburos, cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o la economía nacional.

La ministra presidenta puntualizó que los asuntos mencionados representan solamente algunos de aquellos ya incorporados en la lista de resolución, la cual puede modificarse a partir de diversos factores, como la recepción en la Secretaría General de Acuerdos sobre casos de resolución prioritaria.