
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este lunes que en un plazo de 30 días naturales, el presidente Andrés Manuel López Obrador deberá enviar al Senado, sus propuestas de candidatos para ocupar las vacantes para integrar el Pleno la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), al señalar que el Ejecutivo incurrió en omisión al no mandar sus propuestas.
Con la renuncia de la ahora excomisionada presidenta, Alejandra Palacios en septiembre de 2021, la Cofece ha trabajado con sólo cuatro de sus siete integrantes, y desde entonces, la Comisión no ha tomado decisiones trascendentales por esas ausencias, toda vez que la ley exige una mayoría de cinco votos para algunas resoluciones.
Los comisionados de la Cofece, de acuerdo con el artículo 28 de la Constitución, son elegidos por el Jefe del Ejecutivo a través de una lista de candidatos él envía el Comité de Evaluación que se compone por los titulares del Banco de México, del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi) y del desaparecido Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), que fue borrado con la contrarreforma educativa del mandatario y aprobada en el 2019.
Una vez que el Presidente de la república selecciona a su candidato, éste debe ser ratificado por el Senado.
Sobre esta omisión del Ejecutivo Federal, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que la tardanza para enviar las propuestas rebasa cualquier plazo razonable y el mandatario no ha presentado ninguna justificación como argumento para esa tardanza.
En tanto, la ministra ponente Margarita Ríos Farjat propuso invalidar los procedimientos de selección y designación “debido al tiempo transcurrido, a partir de que se emitieron las convocatorias que dieron lugar a los procesos de 2020 y 2021, los nombramientos que en su caso se expidieran, ya no podrían cumplir con los plazos señalados en las respectivas convocatorias emitidas por el Comité de Evaluación, pues en la primera de ellas se precisó que la vacante a cubrir sería por el periodo de nueve años, que inicia el 1 de marzo de 2021 y resulta lógico que esa fecha ya pasó”.
En el mismo tenor, la ministra subrayó que “en el caso de designar a alguna de las personas que participaron originalmente en esas convocatorias se correría el riesgo de que ya no cumplieran los requisitos constitucionales para ocupar el cargo concursado, de acuerdo con la primera convocatoria”, apuntó.
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