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Cofepris debe entregar información que valida aplicación de vacuna china Sinovac: INAI

El INAI revocó la respuesta de la Cofepris a efecto de que entregue copia en versión electrónica del documento por medio del cual se aprueba el uso de la vacuna CoronaVac contra COVID-19, en nuestro país.

Cofepris debe entregar información que valida aplicación de vacuna china Sinovac: INAI

Cofepris debe entregar información que valida aplicación de vacuna china Sinovac: INAI

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) rechazó que la información sobre la vacuna china CoronaVac de Sinovac sea reservada, por lo cual instruyó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) entregar copia electrónica del documento que aprueba en México el uso de ese biológico utilizado contra el Covid.

“Se trata de un documento en el cual se determinó que -la vacuna- podría ser aplicada a la población por lo que por su propia naturaleza no implica peligro para una persona o grupo de personas en específico”, estableció la presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena

El INAI desestimó el argumento de la Cofepris de que el procedimiento de vacunas contra el virus SARS-CoV-2 se encuentra en un proceso de evaluación que no ha concluido, pues lo cierto es que esa institución autorizó la vacuna CoronaVac mediante el Comité de Moléculas Nuevas.

La Cofepris se negó a entregar el documento por el cual se aprobó el uso de la vacuna CoronaVac contra COVID-19 en México bajo la justificación de que era reservada, de conformidad con el artículo 110, fracciones I, II, V y VIII de la Ley Federal de Transparencia, por considerar que su difusión podría menoscabar la seguridad nacional, las relaciones internacionales, la seguridad de las personas y los procesos deliberativos en trámite.

Sin embargo, el INAI, consideró que no era procedente reservar esa información porque no compromete la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional ni tampoco pone en riesgo la conducción de las negociaciones y relaciones internacionales, toda vez que el ente recurrido no precisó si en el caso concreto existía alguna negociación internacional o si se refería a las relaciones internacionales del Estado mexicano.

En ese sentido, la Presidenta del INAI explicó que la información pública disponible en el portal de la Secretaría de Relaciones Exteriores sobre los contratos para la adquisición de las vacunas, ya cuenta con autorización para su aplicación, e incluso se aplica en el país, por lo que no se acredita que exista alguna otra negociación en curso vinculada con el tema.

En cuanto a la reserva de la información con base en la fracción V del artículo 110 de la misma Ley, la Comisionada Presidenta indicó que la entrega de la información requerida no pone en riesgo la vida, seguridad o salud de alguna persona física en concreto, ya que se trata del documento mediante el cual se aprobó en nuestro país el uso de la vacuna contra COVID-19, conocida como CoronaVac.

“En la coyuntura de la crisis sanitaria que estamos viviendo y, en concreto del proceso de vacunación que está en desarrollo y continuará en los meses venideros, garantizar la publicidad de la información en este asunto constituye una vía para que la ciudadanía renueve su confianza en las autoridades y siga evaluando la gestión en estos tiempos tan apremiantes que vivimos”, sostuvo Ibarra Cadena.

Por ello, el INAI revocó la respuesta de la Cofepris a efecto de que entregue copia en versión electrónica del documento por medio del cual se aprueba el uso de la vacuna CoronaVac contra COVID-19, en nuestro país.

En caso de que el documento contenga datos considerados confidenciales, el sujeto obligado deberá elaborar la versión pública respectiva y su Comité de Transparencia deberá emitir una resolución fundada y motivada en la que confirme la clasificación.